Con sede en Bruselas fue fundado en el Congreso de Madrid en 1930, para reemplazar la Comisión Internacional de los Congresos Internacionales de Ciencias Administrativas, creada en 1910. Su principal preocupación era poner en común las reflexiones sobre el aspecto científico y aplicativo, como puede verse en los diferentes congresos y reuniones al efecto. Dentro del Instituto se artículo un Centro de Documentación, único en el mundo, que, desapareció totalmente el año 1940, volviendo a la actividad después de la guerra mundial siendo uno de los más completos en la especialidad. En 1928 vio la luz la Revue Internationale des Sciences Administratives, sufriendo los avatares de la II guerra mundial.
En 1953 comenzó el Instituto a publicar en conexión con la ONU el boletín mensual Progreso en Administración pública, con información mundial en el ámbito administrativo, y que en 1957, se refundiría con la Revista Internacional de Ciencias Administrativas (IRAS/RICA)que ha logrado ser la publicación periódica especializada que, ha venido aunando calidad y cantidad de información en su género.
Es de importancia resaltar que la preocupación por el doble aspecto científico y aplicativo, como puede verse en los diferentes congresos y reuniones al efecto que con caracter anual han venido sucediendose.
Así por ejemplo El IIAS celebró en 1951 Niza su reunión abordando lo referente a La enseñanza del Derecho Administrativo y de las Ciencias administrativas y a las prácticas administrativas. Sobre la primera se trató de ofrecer una encuesta sobre la realidad comparada, coincidiéndose en, la preocupación general de una aplicación de esa enseñanza de las Ciencias administrativas hacia la formación de los funcionarios, señalándose así una especie de «retorno a la cameralística». En lo referente a la segunda cuestión se reflejó la diferencia fundamental de concepción de las Ciencias administrativas, que separa a los, países europeos y a Norteamérica. Por el lado americano, se trasladó un pragmatismo fundamental, por el lado europeo, la progresiva formalización de los contenidos jurídicos postulada en nombre de posiciones de un cientificismo exacerbado que ha acabado por excluir, por pureza metódica, toda referencia al mundo de los hechos. El contraste resultó tan extremado se hizo patente la necesidad de un compromiso.
En su reunión de junio Lieja de 1958 se abordaron las cuestiones acerca de la La devolución de poderes (descentralización por servicios) a los organismos autónomos, La automación y sus problemas en el seno de las Administraciones públicas, y Las encuestas y consultas de la Administración. En el XI congreso internacional de 1958 celebrado en Wiesbaden (Alemania) se hablo entre otras cuestiones de el aumento de la eficacia en la administración pública por medio de incentivos diversos al personal
En el de Roma de 1971 se señaló la necesidad de estudios no jurídicos de administración pública; en el de Venecia la necesidad de tales estudios tuvieran como bases los realizados para empresas privadas, y en el de Varenna de 1955, reunidos juristas y no juristas. La fijación del objeto y del método de la Ciencia de la Administración. Por sugerentes veáse entre otras las siguientes ponencias (El origen de la Ciencia de la Administración (G. Miglio);Unidad conceptual de la Ciencia de la Administración (M.S Giannini);Derecho; Ciencia de la organización y Administración Pública (L.Faleschini);El moderno concepto de economía pública y la Ciencia de la Administración (G. La Volpe);Premisas jurídicas del estudio de la Ciencia de la Administración (F.Benvenutti);La aportación de la ciencia y técnica especial a la Ciencia de la Administración (B. de Finetti).
Es pues preciso reconocer la influencia de estos encuentros en las reformas y cambios administrativos. En nuestro país, puede recuérdese que nuestra Ley de entidades Estatales Autónomas es de 1958, de fecha 26 de diciembre de 1958, y vigente hasta el 19 de octubre de 1988.
En 1953 comenzó el Instituto a publicar en conexión con la ONU el boletín mensual Progreso en Administración pública, con información mundial en el ámbito administrativo, y que en 1957, se refundiría con la Revista Internacional de Ciencias Administrativas (IRAS/RICA)que ha logrado ser la publicación periódica especializada que, ha venido aunando calidad y cantidad de información en su género.
Es de importancia resaltar que la preocupación por el doble aspecto científico y aplicativo, como puede verse en los diferentes congresos y reuniones al efecto que con caracter anual han venido sucediendose.
Así por ejemplo El IIAS celebró en 1951 Niza su reunión abordando lo referente a La enseñanza del Derecho Administrativo y de las Ciencias administrativas y a las prácticas administrativas. Sobre la primera se trató de ofrecer una encuesta sobre la realidad comparada, coincidiéndose en, la preocupación general de una aplicación de esa enseñanza de las Ciencias administrativas hacia la formación de los funcionarios, señalándose así una especie de «retorno a la cameralística». En lo referente a la segunda cuestión se reflejó la diferencia fundamental de concepción de las Ciencias administrativas, que separa a los, países europeos y a Norteamérica. Por el lado americano, se trasladó un pragmatismo fundamental, por el lado europeo, la progresiva formalización de los contenidos jurídicos postulada en nombre de posiciones de un cientificismo exacerbado que ha acabado por excluir, por pureza metódica, toda referencia al mundo de los hechos. El contraste resultó tan extremado se hizo patente la necesidad de un compromiso.
En su reunión de junio Lieja de 1958 se abordaron las cuestiones acerca de la La devolución de poderes (descentralización por servicios) a los organismos autónomos, La automación y sus problemas en el seno de las Administraciones públicas, y Las encuestas y consultas de la Administración. En el XI congreso internacional de 1958 celebrado en Wiesbaden (Alemania) se hablo entre otras cuestiones de el aumento de la eficacia en la administración pública por medio de incentivos diversos al personal
En el de Roma de 1971 se señaló la necesidad de estudios no jurídicos de administración pública; en el de Venecia la necesidad de tales estudios tuvieran como bases los realizados para empresas privadas, y en el de Varenna de 1955, reunidos juristas y no juristas. La fijación del objeto y del método de la Ciencia de la Administración. Por sugerentes veáse entre otras las siguientes ponencias (El origen de la Ciencia de la Administración (G. Miglio);Unidad conceptual de la Ciencia de la Administración (M.S Giannini);Derecho; Ciencia de la organización y Administración Pública (L.Faleschini);El moderno concepto de economía pública y la Ciencia de la Administración (G. La Volpe);Premisas jurídicas del estudio de la Ciencia de la Administración (F.Benvenutti);La aportación de la ciencia y técnica especial a la Ciencia de la Administración (B. de Finetti).
Es pues preciso reconocer la influencia de estos encuentros en las reformas y cambios administrativos. En nuestro país, puede recuérdese que nuestra Ley de entidades Estatales Autónomas es de 1958, de fecha 26 de diciembre de 1958, y vigente hasta el 19 de octubre de 1988.
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