martes, 22 de diciembre de 2015

Políticas de Gestión Pública: Sistemas comparados e incoherencias domésticas (y 4)

Ahora bien – no obstante el nuevo panorama político tras las elecciones del 20D - cabría la posibilidad de entender que algo del espíritu agencial subyace en las únicas  especies de  organismos públicos a partir(  Organismos autónomos y  Entidades Públicas Empresariales) ante la necesidad del denominado ‘plan de actuación’ (artículos 91 y 92.) cuando en el mismo además de otro contenido deberá contemplarse (…) los objetivos del organismo, justificando su suficiencia o idoneidad, los indicadores para medirlos, y la programación plurianual de carácter estratégico para alcanzarlos, especificando los medios económicos y personales que dedicará, concretando en este último caso la forma de provisión de los puestos de trabajo, su procedencia, coste, retribuciones e indemnizaciones, así como el ámbito temporal en que se prevé desarrollar la actividad del organismo. Asimismo, se incluirán las consecuencias asociadas al grado de cumplimiento de los objetivos establecidos y, en particular, su vinculación con la evaluación de la gestión del personal directivo en el caso de incumplimiento. A tal efecto, el reparto del complemento de productividad o concepto equivalente se realizará teniendo en cuenta el grado de cumplimiento de los objetivos establecidos en el plan de creación y en los anuales (…)
 Así se establece también que (…)  los organismos públicos deberán acomodar su actuación a lo previsto en su plan inicial de actuación. Éste se actualizará anualmente mediante la elaboración del correspondiente plan que permita desarrollar para el ejercicio siguiente las previsiones del plan de creación. El plan anual de actuación deberá ser aprobado en el último trimestre del año natural por el departamento del que dependa o al que esté vinculado el organismo y deberá guardar coherencia con el Programa de actuación plurianual previsto en la normativa presupuestaria. El Plan de actuación incorporará, cada tres años, una revisión de la programación estratégica del organismo.
La falta de aprobación del plan anual de actuación dentro del plazo fijado por causa imputable al organismo, y hasta tanto se subsane la omisión, llevará aparejada la paralización de las transferencias que deban realizarse a favor del organismo con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, salvo que el Consejo de Ministros adopte otra decisión (…)

Si se pensó que esta agencia interina  de Investigación, va a funcionar ad experimentum para orientar los nuevos organismos públicos, pues bienvenida, máxime el escenario político a la entrada de la nueva ley o lo que pueda modificarse o sustituirse in totum. Ante la experiencia doméstica de agencias,  que tan efímera cualitativa y cuantitativamente, ha resultado, podría, recurrirse a un análisis comparativo de Administración Pública. Siguiendo   a  Riggs y su  diferenciación en términos nomotéticos (aspectos generales) o idiográficos (especiales) con respecto a la experiencia inglesa, tan desbordante cualitativa y cuantitativamente,   permitiría, desde sus bondades y disfuncionalidades y los ajustes   planteados, establecer un modelo teórico. Desde el mismo  podría plantearse un modelo isomórfico  o, mejor, o uno ideal  de referencia, desde el cual plantear una propuestas en términos de  policy  convergence/transfer/difussion. Pensemos por ejemplo como cuestión nomotética, la fragmentación negativa, o en positivo, la mejora de los outcomes agenciales,  y como idiográfica, el descontrol del sistema.
No me convence la solución de eliminación de las agencias en el nuevo régimen, ni me convence menos aún, por incoherente, que se sigan creando os e utilicen interinamente, salvo lo señalado al respecto. Pero menos aún que se denominen agencias a lo que no es ni jurídicamente ni sustancialmente. Esta palabra debería desaparecer en el ámbito político-administrativo.
Ya veremos en noviembre de 2016.

Políticas de Gestión Pública:Sistemas comparados e incoherencias domésticas (3)

No obstante el fracaso de la experiencia agencial doméstica observamos que por Real Decreto 1067/2015, de 27 de noviembre, se crea la Agencia Estatal de Investigación y se aprueba su Estatuto, con la finalidad de asumir las competencias de la  Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación.  De tal suerte que en su artículo 1 se dispone que
(…) 1. La Agencia Estatal de Investigación, en adelante la Agencia, es una entidad de Derecho público de las reguladas en la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias estatales para la mejora de los servicios públicos, dotada de personalidad jurídica pública, patrimonio y tesorería propios y con autonomía funcional y de gestión.
2. La Agencia ajustará su actuación a lo dispuesto en la Ley 28/2006, de 18 de julio, en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en este Estatuto y sus normas de desarrollo y, supletoriamente en la normativa aplicable a las entidades de Derecho público vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado.
3. La Agencia tendrá el régimen fiscal de los organismos autónomos según lo establecido en la disposición adicional duodécima de la Ley 14/2011, de 1 de junio, por lo que estará exenta del Impuesto sobre Sociedades, de acuerdo con el artículo 9.1 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
4. La Agencia se adscribe al Ministerio de Economía y Competitividad a través de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación.
5. La Agencia tiene su sede en Madrid.(…)

De lege data nada que objetar sobre la posibilidad de crear nuevas agencias, pero en términos de coherencia con la nueva formulación y diseño de políticas de gestión Pública, si hay que señalar que, no es muy oportuno crear una estructura, que se califica como  fallida y que además no va a durar, más a la de cuatro años – la entrada en vigor más el plazo de adaptación -  .
Lo cierto paras ser más riguroso en el análisis teórico, es que se echa de menos, ya que existe exposición de motivos, la justificación en este decreto de recurrir al sistema agencial, a pesar de  no ser ya un instrumento idóneo de Gestión Pública. Ante el silencio, cabe pensar que hubiera merecido esperar un año a ver que nueva fórmula del Sector Público institucional estatal, es la más  conveniente, so pena de que, debería pervivir el sistema agencial, pues  parece precipitado su eliminación, pues si no se han podido poner en marcha, no permite tampoco evaluar su funcionamiento, presumidas sus mejoras.
El informe CORA  reconoce con acierto la paralización de las agencias desde 2008 y la dispersión del sector público de todos los niveles que exige un marco normativo común, mínimo pero básico, que ordene esta la dispersión y heterogeneidad actual. Pero creo que ha habido mucha precipitación en la fulminación de las agencias y no puede decirse que sus objetivos se hayan alcanzado, porque su desarrollo  ha sido muy limitado  y porque las medidas de control de gasto público han neutralizado sus supuestas bondades.

Políticas de Gestión Pública:Sistemas comparados e incoherencias domésticas (2)

La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su exposición de motivos reconoce el fiasco de  la Ley de Agencias  ante  la ausencia de una verdadera evaluación externa capaz de analizar si una manera más eficiente y eficaz  de cumplir los objetivos que persiguió su creación en el 2006.
Literalmente se recoge (…) La preocupación por la idoneidad de los entes públicos y la voluntad de abordar su reforma condujo a la aprobación de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias Estatales para la Mejora de los Servicios Públicos, mediante la que se creó este nuevo tipo de ente. El objetivo prioritario de esta Ley fue establecer mecanismos de responsabilidad en la dirección y gestión de los nuevos organismos públicos, vinculando el sistema retributivo al logro de sus objetivos y reconociendo un mayor margen de discrecionalidad en la gestión presupuestaria.
La Ley autorizó la creación de 12 Agencias, si bien hasta el momento sólo se han constituido 7 de ellas, y la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, autorizada en otra Ley.
El objetivo de la reforma fue instaurar la Agencia como nuevo modelo de ente público, pero nació ya con una eficacia limitada. La disposición adicional quinta de la Ley autorizaba al Gobierno para transformar en Agencia los Organismos Públicos cuyos objetivos y actividades se ajustasen a su naturaleza, lo que implicaba el reconocimiento de la existencia de entidades que, por no cumplir este requisito, no precisarían transformación, y que permanecerían en su condición de Organismos Autónomos, Entidades Públicas Empresariales o entes con estatuto especial. Y, sin embargo, la disposición adicional séptima ordenaba atribuir el estatuto a todos los organismos públicos de futura creación «con carácter general».
Por todo ello, no puede decirse que los objetivos de la Ley se hayan alcanzado, incluso después de más de seis años de vigencia, porque su desarrollo posterior ha sido muy limitado, y porque las medidas de control de gasto público han neutralizado la pretensión de dotar a las agencias de mayor autonomía financiera.
La nueva ley del Sector Público, en su Disposición derogatoria única, deroga, entre otras, la  Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y la  Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias estatales para la mejora de los servicios públicos (…).
Esta  nueva ley del Sector  Público  entrará en vigor el 4 de octubre de 2016 y clasifica el sector público institucional estatal conforme a  las siguientes entidades:
a) Los organismos públicos vinculados o dependientes de la Administración General del Estado, los cuales se clasifican en:
1.º Organismos autónomos.
2.º Entidades Públicas Empresariales.
b) Las autoridades administrativas independientes.
c) Las sociedades mercantiles estatales.
d) Los consorcios.
e) Las fundaciones del sector público.
f) Los fondos sin personalidad jurídica.
g) Las universidades públicas no transferidas.

Este nuevo régimen también se contempla en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas y  la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Vemos pues que ya no existirán las Agencias en el ámbito de la AGE, a partir de octubre de 2016, ni se crearan o se adaptaran, pues la Disposición transitoria segunda establece que (…)  Todos los organismos y entidades integrantes del sector público estatal en el momento de la entrada en vigor de esta Ley continuarán rigiéndose por su normativa específica, incluida la normativa presupuestaria que les resultaba de aplicación, hasta su adaptación a lo dispuesto en la Ley de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional cuarta (…)  pero en el interín, por mor de la  Disposición transitoria segunda (…) Todos los organismos y entidades integrantes del sector público estatal en el momento de la entrada en vigor de esta Ley continuarán rigiéndose por su normativa específica, incluida la normativa presupuestaria que les resultaba de aplicación, hasta su adaptación a lo dispuesto en la Ley de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional cuarta (...)

Políticas de Gestión Pública: Sistemas comparados e incoherencias domésticas (1)

En Reino Unido, la NPM se inició al poco de llegar Margaret Thatcher al gobierno, ya en 1979 se creó la Unidad de eficiencia del primer ministro y el modelo Westminster - más control del parlamento sobre la acción de gobierno y menor fragmentación de  este en la elaboración de políticas – cedió  hacia el modelo Whitehall caracterizado por un mayor apoderamiento del ejecutivo en la Gestión Pública
Los programas iniciales  fueron los siguientes:
-  Iniciativa de gestión financiera. (Financial managment iniciative). Aplicación de la doctrina de la gestión responsable la Iniciativa de Gestión Financiera en el Reino Unido fue incorporada al menos por dos programas de acción, a saber, la designación de centros de responsabilidad en el interior de los departamentos de gobierno (con fines de gestión presupuestaria en el ciclo de ejecución) y un mandato para medir y comunicar el desempeño operacional.
-  Iniciativa  de la Carta Ciudadana (Citizens Charter Initiative) .
-  Competencia para la Calidad (Competing for Quality),
 - Iniciativa de Responsabilidad y Diseño Presupuestario de Recursos (Resource Accounting and Budgeting)
-  Iniciativa de Financiamiento Privado (Private Finance Initiative, PFI).
-  Iniciativa de las etapas sucesivas  (Next Steps Initiative). En este programa   se establecieron agencias como entes separados de los departamentos  para llevar a cabo políticas públicas mediante contratos de gestión  específica fijándose  los objetivos y los estándares.
Este programa surgió del informe Unidad de eficiencia del primer ministro denominado Improvement Management in Goverment:The Next Steps de 1988,  y en el año siguiente  entre las ocho  primeras ‘Next Step Executive Agencies’   se encontraban  la equivalente a la ITV, el Tesoro, Colegio  del servicio civil.
Un segundo informe intitulado Making the most os Next Steps:The management of Ministers´ Departament and their Executive Agencies de 1991, reforzó la dinámica y en 1993 ya se encontraban como NSEA; el servicio de prisiones, la provisión  y mantenimiento  de cada una de las ramas del ejército, la protección a la juventud, servicio público de empleo, de salud, seguridad social,correos, pesos y medidas,  salud, control de medicamentos, pasaportes, reclutamiento,formación para el empleo, parques, palacios, meteorología, pensiones, guardacostas, defensa animal, abogacía del Estado,subsidios, carreteras,  insolvencias,servicios sociales, forense, tribunales,registro, catastro,etc. En el proceso  se llegó a una fragmentación de los empleados del  sector Público de más del 75%, (en 1993, 260.00 empleados y unas 89 agencias) 
 Ya en 1999 (diez años para el diseño, implementación y evaluación) se reflejó el exceso cualitativo y cuantitativo de las agencias ejecutivas produjo en la propia NPM un  cambio copernicano en uno de sus postulados seminales,  volviéndose hacia una centralización, dirección y potenciación de la capacidad del Estado central, en aras de una mayor coordinación y colaboración entre las unidades del sistema político-administrativo. Las imágenes asociadas son iniciativas tales como  Whole of Goverment (WOG) o Joined-Up Goverment (JUG) representan una vuelta atrás hacia reunir lo que antes había empezado a fragmentarse.
En marzo de 1999 se presentó ante el Parlamento el informe Modernizing Government, elaborado  por el  Prime Minister and the Minister for the Cabinet Office a instancias de la Corona, en el que se hacía constar  que (…) Los Ministros son individual y colectivamente responsables ante el Parlamento por el trabajo del Gobierno. Demasiado a menudo, el trabajo de los Departamentos, sus Agencias y otros cuerpos ha sido fragmentado y el foco del escrutinio ha estado en sus logros individuales más que en su contribución a la estrategia conjunta del Gobierno. Las políticas demasiado a menudo toman la forma de cambio incremental en los sistemas existentes, más que nuevas ideas con visión a largo plazo y con implicación de varios Departamentos, capaces de ir a la raíz de los problemas. Las culturas del Parlamento, los Ministros y el Servicio Civil crean situaciones en que los premios por los éxitos son limitados y las sanciones por los fracasos son severas. El sistema se hace adverso al riesgo.
El Gobierno requiere más ideas nuevas, más compromiso en cuestionar las formas heredadas de hacer las cosas, mejor uso de la evidencia y la investigación en la formulación de políticas y mejor focalización de las políticas en metas a largo plazo. Nuestro desafío consiste en conseguir que las diferentes partes del Gobierno trabajen conjuntamente cuando resulta necesario para realizar los objetivos estratégicos del Gobierno. Esto implica desde luego adoptar aproximaciones más creativas a la formulación de políticas (…)

La iniciativa de los pasos sucesivos pretendió  cambios organizacionales claves, tales como.
  • Asignación de muchas de las responsabilidades operacionales de los departamentos y de las posiciones asociadas del staff a sectores departamentales oficialmente designados como "agencias ejecutivas".
  • Establecimiento del cargo de "jefe ejecutivo" de agencia.
  • Proceso para seleccionar y compensar a los jefes ejecutivos que difería de la práctica estándar del servicio civil.
  • Establecimiento de una relación formal, de comunicación directa, entre jefes ejecutivos y ministros.
La experiencia refleja  que el principal problema fue  sido la dispersión de la responsabilidad (Parlamento-Departamento-Agencia) y la  la existencia de una asimetría en el control de unas agencias respecto de otras  - en 1995 el servicio de prisiones de su majestad, tuvo 613 preguntas parlamentarias por escrito y 43 reuniones con el ejecutivo, y  la agencia  de circulación y  transporte de Defensa tuvo tres y ninguna reunión - y una fragmentación excesiva de  la Administración

martes, 15 de diciembre de 2015

'Trust in Goverment' para el nuevo gobierno de España

En el informe de abril de  2014  España: De la reforma administrativa a la mejora continua  (Estudios de gobernanza pública de la OCDE)  se manifiesta   que la reforma de las administraciones públicas de España contribuirá a reforzar las instituciones y a dotarlas de una mayor eficacia. Las propuestas para arbitrar más transparencia y erradicar la corrupción contribuirán además a restaurar la confianza pública. Es sabido la pérdida que hemos tenido por la gestión inepta e inmoral en estos últimos años, no paramos de seguir recibiendo notica de casos nuevos, que ya no nos sorprenden como  reflejo del hastío y de la falta de confianza en el valor público de la  Gestión Pública  actual, sin perjuicio del valor  que si podemos hallar en determinados servicios públicos y su Administración Pública prestacional, Esto es sin más acreedor de medidas hacia el ‘Trust in Goverment’
Es susodicho informe evalúa de manera positiva la agenda española de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA) y señala que pocos países han puesto sobre la mesa planes tan ambiciosos para reformar la administración pública. El examen advierte de que las reformas en las áreas concernidas deben ser un proceso de mejora continua y no un ejercicio aislado en el tiempo, sugiriendo dar a los ciudadanos más voz en el proceso  cómo vía para recobrar la confianza.  La reforma CORA - 217 propuestas enfocadas a la mejora de las Administraciones Públicas, entre ellas las precitadas leyes 39 y 40 de 2015 -   es para España un medio de restaurar la confianza pública en las instituciones y garantizar una salida de la crisis con unas administraciones públicas más eficaces, transparentes y eficientes, adaptadas a los desafíos del siglo XXI. Es un paso esencial en el esfuerzo de España por construir un futuro económico fuerte e inclusivo pero  que el alto grado de descentralización en España hace que sea importante adoptar un enfoque de conjunto del gobierno para garantizar una adecuada coordinación e integración.
 La CORA se creó en octubre de 2012 como una comisión interministerial enfocada en encontrar áreas de oportunidad para mejorar la eficiencia y la eficacia de las instituciones públicas de España y como se ha dicho institucionalmente (…)  supone una  oportunidad única para restaurar la confianza en las instituciones y salir de la crisis con un marco institucional reforzado. Supone na reforma de esta naturaleza no se agota en el marco de un programa de gobierno, sino que requiere una visión de largo plazo y un esfuerzo continuado de implementación. Por ello, nuestro informe recomienda desarrollar y ampliar algunas medidas ya avanzadas, en ámbitos como regulación, tecnologías de la información y gestión de recursos humanos (…).
Todo plausible en el marco del diseño de la sucesión o  transformación de las políticas de Gestión Pública, que harán que sea mejores los resultados del resto de políticas, al estar supuestamente mejor implementadas/ejecutadas/evaluadas pues CORA (…) dedica gran atención a las medidas sobre estructura y racionalización administrativa. Estas medidas, si bien ciertamente lograrán ahorros y racionalizarán la definición de políticas y la prestación de servicios, deben ser implementadas en el marco de una evaluación estratégica del conjunto del gobierno y de un horizonte de planificación a largo plazo. La consolidación administrativa y la reducción del tamaño de la administración pública deben tener en mente el papel que se desea para el Estado y sus administraciones en un espacio temporal amplio, más allá del escenario de la crisis (...)
Así la  Oficina para la ejecución de la Reforma de la Administración ( OPERA)  (…) trabajaría de manera permanente con el Ministerio de la Presidencia, el MINHAP, los órganos de auditoría y control, AEVAL, y la Dirección General del Función Pública para aunar herramientas de evaluación de desempeño de todo el gobierno. Este ejercicio sentaría las bases para la definición e implementación de un marco integral de conjunto del gobierno que vincule el gasto, el desempeño de los empleados públicos y los resultados de las políticas de manera conjunta dentro de horizontes de planeación a corto, mediano y largo plazo. En línea con buenas prácticas internacionales, este sistema permitiría comunicar transparentemente mediante informes periódicos cómo las actividades del gobierno están logrando resultados estratégicos para España y sus ciudadanos (…).

La OCDE según hemos visto al inicio sugiere o dar a los ciudadanos más voz en el proceso  cómo vía para recobrar la confianza, y un fiasco de esta dinámica ha sido el rechazo de las algunas medidas que in incluyen en el pacto estatal contra la corrupción, como es  el caso de la eliminación de la politización en los puestos de libre designación.
Como el programa está en ejecución, esperemos  que se escuche a la sociedad civil y desaparezca para siempre, entre otras, pero sobre todo, el spoil system encubierto y la dinámica de patrimonialización de la Administración Pública, que ya fue denunciada por el ilustre pensamiento dela Ciencia de la Administración  española. Para Oliván, (…) la Administración  no es un mal necesario, sino una fuerza creadora de bienes y el instrumento más eficaz para una verdadera elevación de la vida social (…)  y – como hiciera primigeniamente Bonnin - deslindaría el Gobierno de la Administración   y apostaría por un modelo desde la realidad administrativa del pésimo funcionamiento  de lo público. Lucharía por la neutralidad política de la Administración y el  carácter de empresa con que  acomete la introducción de la Ciencia de la Administración  en España.
La bondad de la Administración sería también contemplada  en la segunda generación de pensadores españoles Manuel Colmeiro en 1876 diría que (…) la acción administrativa debía ejercerse sobre los hombres y las cosas. La acción administrativa debe proteger la satisfacción de los sentimientos amigos de la sociedad, combatir los enemigos y moderar los propensos a un fácil abuso. El orden social exige que en vez de una pluralidad egoísta, reine en la sociedad la unión armónica de todos los intereses; y en vez del tumulto de las hostilidades individuales triunfe un gobierno unitario y una administración moderadora (…)

Dicho está desde hace doscientos ocho años, aunque más tiempo tiene aquello de la caverna de  Platón.

martes, 1 de diciembre de 2015

Preus Vassax... Malvais mestre (y 2)


Sin tanta ciencia o con mero arte pensemos en clave histórica en lo que lograron en su respectivos contextos, buenos señores como Marco Aurelio, Carlos V, Churchill o Havel. Y sobre todo lo que dejaron escrito o pudieron leer de sus consejeros.  
Mejor todavía en un contexto actual podemos observar que el expresidente de Uruguay, José Mujica, vendió su  Volkswagen Escarabajo de 27 años, a un Jeque por un millón de dólares, destinando el  dinero  a la construcción de viviendas para las personas sin recursos, toda vez que el 90 % de su sueldo lo dedica a proyectos de ayuda contra la pobreza.
Entre sus mejores frases, podrían venir a cuento del discurso las siguientes;
“Ninguna época tuvo tanta mediocridad entre los líderes mundiales”.
“Hay gente que adora la plata y se mete en política. Si adora tanto la plata, que se meta en el comercio, en la industria, que haga lo que quiera. No es pecado, pero la política es para servir a la gente”.
“No, el poder no cambia a las personas, solo revela quienes son realmente”.
“Nuestra civilización cristiana y occidental es un gigantesco fracaso porque transformó a la vida en una apelación para gastar, consumir y acumular y lo que está despilfarrando son horas de vida en el planeta”.
 “A los que le gusta mucho la plata hay que alejarlos de la política; son un peligro”.
 “Nunca tuvimos tanta riqueza como tenemos hoy; nunca tuvimos tantos medios; nunca tuvimos tantos instrumentos y estamos siendo infelices. Qué paradoja”.
“Un pueblo educado tiene las mejores opciones de vida y es muy difícil que lo engañen los corruptos y los mentirosos”.
 “El primer requisito de la política es la honradez intelectual; si no existe la honradez intelectual, todo lo demás es inútil porque a la larga no hay mejor lenguaje que la verdad”.
 “Soy enemigo de la burocracia, desconfío del Estado que cuando se hace demasiado grande puede sustituir la iniciativa de la gente”.
 “La lección del mundo que tiene que venir, tiene que ser un mundo menos miserable y más generoso”.
 “Los que comen bien piensan que se gasta demasiado en política social”.
 “Se me caería la cara de vergüenza cobrar por una conferencia”.
 “Los políticos tenemos que vivir como vive la mayoría y no como vive la minoría”.
 “Ninguna adicción salvo la del amor es recomendable”.
 “No soy pobre, soy sobrio, liviano de equipaje, vivir con lo justo para que las cosas no me roben la libertad”.



Preus Vassax... Malvais mestre (1)

¡¡Dios, qué buen vassallo, si oviesse buen señor!¡ dice  el más  famoso - número 20- de todos los versos del Cantar de Mío Cid. Sobre él  ha habido dos interpretaciones; ¿quiere decir «¡Ojalá que tuviese buen señor!» o «Sería buen vasallo si tuviese buen señor»?». Con el Cid en el destierro se ha apostado por la segunda en virtud  de la mentalidad feudal  ya que el exiliado dejaba de ser vasallo de su rey y, para subsistir, solía buscar a un nuevo señor al que prestar sus servicios (cfr. Partidas, IV, XXV, 8 y II). 
 
Sentido parecido  se puede encontrar  en los  versos  992-993 del Perceval de  Chrétien de Troyes – el primer novelista occidental y gran difusor de la mitología artúrica - , allí donde el rey Arturo comenta acerca de Perceval, aquello de “qu’il a esté a malvais mestre; encore puet preus vassax estre” .  Es decir «y que ha tenido un mal maestro;  más podría ser un valioso vasallo»
 Por lo que oigo y veo habrían muchos  buenos ciudadanos/administrados/contribuyentes (preus vassax)  si no tuviésemos  malos gestores de lo público (malvais mestre), que  en suma es lo que parece reflejar la prensa al socaire de lo que vamos viendo cara a las elecciones inmediatas y que se resume en esa opinión de que (…)la ignorancia de los políticos encierra muchos peligros” pues (…) estar en manos de personas que no leen ni piensan, constituye un mal presagio de lo que pueden hacer cuando leguen al poder (…)
Ya parece que no hay duda que las multicrisis que sufrimos innecesariamente – momento de grandes oportunidades de bienestar- son fruto de mala gestión, perversión egoísmos,..  Y lo digo expresamente por el asunto del ISIS/DAESH, el paro, la corrupción, el medio ambiente y el malestar psicológico.
Los poderes (económicos, religiosos,educativos,políticos) en general han administrado mal su poder, desde su legitimación de servicio. Se han ocupado más de proteger sus intereses organizativos y su autopreservación, incluso reinterpretando la ortodoxia que los fundamenta, que atender a sus fines, funciones y objetivos propios.
La democracia, en franca recesión ya,  no hay superado su estatus de poliarquía (R. Dahl) ni su deriva elitista (G. Mosca). Dicho bajo las categorías  de la Administración Pública y las Ciencias de Políticas, no ha habido una filosofía y una  praxis propia del buen gobierno, como  tendencia hacia la óptima asignación y gestión de recursos para responder a problemas colectivos. Asignación supeditada a la vez a la participación, la transparencia, la rendición de cuentas, el imperio de la ley, la eficacia y la equidad.
El buen gobierno requiere que el gobierno ejecutivo sea  políticamente responsable y capaz de formular e implementar políticas públicas sustantivamente valiosas. La Ciencia de la Administración  actual (Aucoin) considera que  sólo puede satisfacerse si el gobierno ejecutivo incluye un cuerpo de funcionarios públicos de carrera separado, aunque    subordinado al ejecutivo político.
El Gobierno-Administración ha de obtener además la legitimación institucional y, para ello, ha de conseguir la  eficacia de la tarea que le ha sido encomendada, y  mantener  un gran respeto por y con otras instituciones o sus valores. Una institución será buena si es capaz de elaborar reglas que restrinjan la maximización individual cuando es colectivamente destructiva, y si además, es capaz de hacer cumplir estas reglas. La Administración será buena institución si pondera todos los intereses de las redes de políticas, haciendo que prevalezca el interés público, como expresión de la sinergia de todos aquellos intereses colectivos en juego para el desarrollo de la colectividad.  
A la Ciencia de la Administración, las Ciencias de Políticas, la Ciencia Política, la Filosofía Política desde  sus diversas ortodoxias no les resultará difícil calificar de  ‘malos maestros’ o de ‘buenos señores’ en función de estas categorías precitadas. Y seguro que la sociología o la psicología social podrá aportar mucho sobre la explicación de la relación causal entre el comportamiento  político-administrativo y el resultante en el social, bajo la especie de buenos o malos vasallos.
Esto respondería a un planteamiento científico social, con sus limitaciones epistemológicas y de  método pero podría aportar explicaciones sobre la veracidad de  ese gran aserto de Y. Dror al afirmar que (…) Las mejoras en la formulación de políticas deben venir acompañadas de un perfeccionamiento mora de los gobiernos y de salvaguardias contra la utilización incorrecta de su capacidad de acción (…)
 Y apuesta por un inconcebible (…) modificar los valores prevalecientes en la esfera pública, fundados en la razón de estado, orientándolos en cambio hacia la razón de humanidad, y hacer mayor hincapié en la virtud en el gobierno (…)
Las diversas crisis actuales son un momento histórico para el cambio axiológico y sin duda el buen vasallaje vendrá de la mano ipso facto, este sea real.