lunes, 19 de agosto de 2013

Taylor Strikes back (y 3): Contingencia y/o argumentación administrativa

El caso es que  la mencionada  Ley 4/2013 de 12 de junio para la Región de Murcia establece  en sus artículos 12 y 13 lo siguiente;

Artículo 10. Control de la planificación estratégica de la Administración regional.
El Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Economía y Hacienda, establecerá los instrumentos necesarios para el seguimiento y control de los objetivos e indicadores establecidos para cada consejería u organismo adscrito en el marco de la planificación estratégica de la Administración regional.

Artículo 11. Disposiciones organizativas en el ámbito del personal de administración y servicios.
1. El Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Economía y Hacienda, y como fase previa a la evaluación del desempeño, aprobará las siguientes medidas:
a) La medición de los tiempos de realización de las actividades y tareas de los procesos y procedimientos administrativos que desarrollan los servicios y unidades administrativas, con la finalidad de fijar los tiempos estándar de realización y poder determinar las cargas de trabajo.
b) La medición y control de las cargas de trabajo de los puestos adscritos a los distintos servicios y unidades administrativas, a fin de establecer la dimensión óptima de un servicio en función de su carga de trabajo.

¿Cabe a nivel teorético preguntarse si  este precepto es ciencia aplicada o  un revival de Taylor, mas  allá de las tesis de neotaylorismo que se achaca a la NPM? 
Una breve y rápida reflexión me permite sostener lo siguiente;
En primer lugar  no  creo  que aún estemos en la era NPM por mor de la deconstrucción político-administrativa que sostengo, aunque estemos ante aplicaciones parciales de D3.
Por ello a continuación, puede decirse que la norma recoge sin dudas categorías tayloristas (estándares, planificación, control de tiempos, tareas,...) que sin duda ya están en el acervo común de las relaciones industriales, organización industrial,TGA,  o como quiera denominarse pero que su aporte primigenio y seminal es de  Taylor y sus divulgadores.
 En tercer lugar desde la promulgación en el 2007 del EBEP hemos tenido ocasiones y foros para  analizar  la implementación de mecanismos oportunos de evaluación, pudiendo anticipar la problemática la aplicación de  sistemas de evaluación del desempeño – y  he podido comprobarlo recientemente en la praxis forense ex despidos colectivos, si no se realizan operaciones previas de organización (vg. Agrupación y polivalencia funcional, estandarización de tareas e indicadores, …).  Por ello,  en este sentido la norma murciana no hace sino adoptar medidas previas para una racionalización de indicadores sobre las funciones y  tareas en aras de valorar inicialmente los puestos de trabajo, para a renglón seguido, pasar a su evaluación continua. Y estas medidas que recoge la Ley 4/2013 se  establecen según  la dinámica taylorista. Dicho en términos de gestión de políticas, la evaluación del desempeño  necesita de una metaevaluación de sus sistemas de implementación y para ello requiere  de actos y procesos preparatorios. Aplicar sin más, como conocemos, procedimientos de evaluación desde los previos para  colectivos ya implementados  puede resultar un gap de implementación, con un factor alto de decoupling, por mor de un errático isomorfismo institucional. Y  ya sabemos que la NPM, de estos errores (wrong tools,nursery toys,… ) es maestra.

Así que no puede decirse que la presencia taylorista en norma reciente sea un revival frente a posturas de denostación sobre la administración científica. No es más que ciencia aplicada contingente, bien por contemplación de la Teoría de contingencias,  o bien por estar la reforma orientada ideológicamente o por una teoría administrativa, aunque hic et nunc, mejor precisión es hablar, no de teoría sino de fenómeno deconstructivo, a la sazón contingente de optimización organizativa vía eficiencia ex norma, bien sea esta mero gatopardismo  o verdadera argumentación administrativa como pudiera resultar de argumentos administrativos agrupados en  clusters axiológicos tipo sigma (σ),  que otorgan prioridad al desempeño eficiente de las tareas (C. Hoods dixit),

Taylor Strikes back (2):¿ocaso o periclitación?

Se ha dicho que mientras en la primera mitad del siglo la administración científica era el evangelio y Taylor su profeta, ahora la crítica teórica ha calificado  a la misma como pseudociencia y la praxis ha adverado e que muchos de los elementos más definitorios de la administración científica son sencillamente inaplicables e incompatibles con la dinámica burocrática, y ello, no sólo porque en la Administración de producen servicios –servucción – de suyo, sino también, por  mor de las buropatologías inherentes al sistema político-administrativo.
También se ha indicado  si bien parece indiscutible la necesidad y mutuo aprovechamiento entre  la Teoría de la Organización y la Administración Pública, más problemático resulta el mecanismo de acercamiento entre esta particular, y muchas veces, instrumental, ciencia social y este especial tipo de organización. El largo y polémico debate se ha sostenido entre la universalidad de la Teoría de la Organización en los primeros momentos  y la necesidad de la especificidad para lo público, sobre todo ésta, desde el surgimiento de la teoría de las contingencias en  especial por sus particular relación con el entorno, no obstante el aprovechamiento teórico y metodológico mutuo. De hecho  algunos autores lo  califican como maltrechas relaciones entre Teoría de la organización y la Administración Pública (Cfr. IBARRA, E. Y MONTAÑO, L.  Mito y poder en las organizaciones. Un análisis crítico de la teoría de la  organización, Trillas, México,1992).
Resumiendo y como hemos expuesto en otros análisis, el taylorismo/neotaylorismo es una categoría de la Teoría o Teorías organizativas aplicada a la Administración Pública  que desde luego no cabe aplicar tout court  a la organización pública, como en tantos aspectos de las teorías neoclásicas, como también resulta de las exposiciones burocráticas weberianas, hoy superadas o subsumidas en categorías tales como la neoburocracia o la tecnoburocracia, adhocracia,front/back office, etc.

Como todas la propuestas, hay un zenit y un ocaso, un apogeo y un declive. Y de la misma manera que el también exitoso  Fayolismo francés dio lugar al  POSDCORB, bien puede decirse, lejos de las tesis de propuesta  periclitada, el taylorismo dio lugar al fordismo y este al actual toyotismo. Por lo tanto Taylor pervive, pero en cualquier  caso,   en cuestiones específicas como  la que seguidamente es  examinada. 

Taylor strikes back (1): Un profeta afortunado en su tiempo

La Ley 4/2013 de 12 de junio de medidas urgentes en materia de gastos de personal organización administrativa para la Región de Murcia recoge en su  articulado una previsión de interés que afecta al objeto de este blog y que se se expone en ytres entradas consecutivas. Se trata de una previsión normativa peparatoria en materia de reforma administrativa, adoptada, en el marco de la situación actual, con alta dosis  de  racionalidad y coherencia normativa, lo que suyo ya sería  grato para los hierofantes de la nomotecnia.
E. SARAVIA en un trabajo intitulado La teoría general de la Administración y la reforma administrativa (INAP-México) afirma que todas las reformas administrativas están  - o  lo deberían estar – orientadas por una ideología político-cultural del momento o por una teoría administrativa. Esto no es sino una formulación equivalente a las propuestas de  Hoods et alius sobre la argumentación administrativas, ya precitadas en este blog.
 Mucho ha llovido desde que F.W. Taylor expusiera su exitosa ‘administración científica’ en 1916 y su inclusión en la teoría neoclásica de administración. La propuesta taylorista  elaboró un conjunto de técnicas que intentaban optimizar la función de producción, bajo la consigna del one best way, leitmotiv del carácter científico de la administración. La preocupación sustentada en el Taylorismo y el movimiento de la ordenación científica consiste en elevar la productividad de la empresa, en tiempos de la denominada era progresista, que transitó desde  1890 hasta la década de 1920. Época de  reformas cuyo objeto, era la respuesta de la nación a la revolución industrial. Uno de los de los objetivos principales del movimiento progresista fue la purificación de gobierno, tratando de  eliminar la corrupción mediante diversa medidas identificando las viejas formas acreedoras de  modernización, y haciendo hincapié en las soluciones científicas y de ingeniería.
En materia de organización el inicio de la era progresista coincidió codenominan  lo que algunos  etapa de ‘administración sistemática’ – no confundir con la Teoría o enfoque de sistemas más tardío –. Esta era de  finales del S. XIX, pretendió  mayor racionalidad organizativa el proceso de desarrollo de la segunda etapa de la  revolución industrial, estableciendo estándares generales en la gran industria frente a la contingencia de las pequeñas empresas.
 Desde su experiencia como ingeniero, consultor y la de administrador de la Bethlehem Steel Co., Taylor se ocupó de mejorar las técnicas sistemáticas y estándares de administración  de su tiempo (Administración sistemática)en  aspectos concretos como  el salario de incentivos, la organización de compras, mantenimiento de máquinas, correas de transmisión, y contabilidad interna. Añadiendo  la planificación en la producción, las funciones supervisoras  del capataz funcional, el estudio de tiempos en las funciones productivas.
Toda una actividad de marketing y promoción es llevado en persona por Taylor (visitas a fábricas,  conferencias y la publicación de la  exposición detallada de sus métodos conocida cono Shop management en la American Society of Mechanical Engineers)
A este éxito inminente contribuyó la actividad divulgadora del matrimonio  Gilbreth y la  L.  Brandeis abogado promotor de reformas sociales y luego miembro del Tribunal Supremo  americano. La historia   revela  que el apelativo de  ‘científica’, fue debido por el enfrentamiento entre Brandeis y el órgano regulador de ferrocarriles ante la Comisión de Comercio interestatal, para evitar el incremento de las tarifas en las mercancías que afectaba  a sus representados, los empresarios fletadores en 1910, arguyendo la innecesaridad de utilizar dicha medida para compensar los incrementos salariales, si en lugar de ello utilizaba las técnicas de la nueva administración científica.  En arenga diría  (…) la  administración  científica implica preparación internacional, el mismo tipo de preparación que a Prusia le aseguró la victoria sobre Francia y a Japón la victoria sobre Rusia. La  administración  científica no deja nada al azar, planifica cuidadosamente todo por adelantado. Cada operación debe realizarse según unas instrucciones precisas dentro de un programa predeterminado; la realización de las operaciones se inspeccionan y supervisan en todo momento. De esa manera se previenen los errores en lugar de corregirlos y se evita la terrible pérdida en retrasos y accidentes. El cálculo sustituye a la suposición y la demostración a la opinión. Se busca aumentar el rendimiento del limitado tren de pasajeros en las operaciones cotidianas de la empresa. Los ferrocarriles podrán ahorrar un millón de dólares  si aplican los métodos de administración científica(…).
Éste éxito contribuyó a la demanda de editoriales por la obra de Taylor, que en una primera entrega pro capítulos se publicó en The American magazine en marzo, abril y mayo de 1911 , para acabar publicada como libro superventas en
Otros acontecimientos que igualmente coadyuaron fueron el Testimonio del propio Taylor  ante la Cámara de representantes de los EE.UU, el 25 de enero de 1912, así como el interés que se tomaron por sus  propuestas los ingenieros directivos del arsenal del Ejército americano en Boston, que adolecía de excesiva burocracia, luchas sindicales, baja productividad y costes altos de producción.