jueves, 27 de diciembre de 2018

Cambios necesarios y capacidades normativas en el asesoramiento político y decisión pública (y 3): objeto: Conocimiento y reflexión sobre los capacidades normativas de los asesores políticos


 También se propusieron  otras cualidades sobre las capacidades normativas de los asesores políticos  en los siguientes términos;

En primer lugar, creatividad; resulta importante que los asesores tengan en mente la necesidad de promover políticas públicas innovadoras o estrategias a largo plazo que tengan en cuenta la sociedad de continuo cambio en la que vivimos. El asesor debe aplicar sus conocimientos de forma creativa a la práctica para crear escenarios políticos y sociales novedosos.

En segundo lugar,  conocimiento de los flujos históricos pero también de la realidad del momento; es decir con capacidad de construir puentes entre el pasado y el presente, a fin de determinar pautas similares y lograr cierta capacidad de anticipación respecto de los problemas futuros. Efectuar recomendaciones para la acción basadas en las mejores ideas posibles, teorías y datos. Una mejora para el ejercicio de prospectiva con los mecanismos de proyecciones, predicciones o conjeturas.


En tercer lugar, capacidad de adaptación; Mente abierta para la adaptación a los nuevos tiempos y a los cambios y conciencia de que las circunstancias cambian y por ende, supone una necesidad constante de cambiar las políticas obsoletas que en otros tiempos sí funcionaron pero ahora son insuficientes. Significa también la apertura  a cualquier opción de antemano, considerando cualquier factor,  variable y enfoque, y sobre todo,  la relación entre ellos. Por último, muy valioso sería el progreso hacia los inconcebibles.


En cuarto lugar,  cualidades morales; sobre todo ejemplares `para los niveles subordinados. Una buena decisión debe arrastrar a la mejor ejecución posible. Evitar los beneficios particulares  y permanecer fuerte  en situaciones en las que los sentimientos podrían afectar nefastamente a la decisión.


En quinto lugar,  escepticismo;  ir  más allá de lo obvio, con un análisis pormenorizado, concreto y preciso sobre la arena de ejecución, utilizando el universal y fácil acceso a  datos e informaciones que nos proporcionan las nuevas tecnologías de la información.


En sexto lugar,  capacidad tecnológica; .para el mejor conocimiento y manejo de las nuevas tecnologías a fin de agilizar los trabajos de que se trate.


Deben ser pues  profesionales de su función - con conocimientos, orientación, cultura y valores para hacer frente al rápido cambio de necesidades; constantes  - a la hora del  estudio, aprendizaje y formación - ; y no influenciables en cuanto a su imparcialidad

Los políticos requieren de unos asesores profesionales, creativos, innovadores, capaces de influir en la creación de nuevas políticas que permitan adaptarse al continuo cambio de la sociedad actual, y que a su vez mejoren la eficacia y eficiencia del ejercicio de las competencias de los gobiernos. Esto ha de  sustituir al nombramiento de supuestos  asesores en función de preferencias partidistas, personales o de cualquier otro tipo de favoritismos, descuidando sus méritos, formación y experiencia. 
Los asesores políticos para Dror, habrían de recibir una formación  integral y muy completa, que les dotara de un buen conocimiento de la historia, de la realidad contingente y del comportamiento humano y organizativo que  les proporcionara un buen marco teórico y empírico de salida. 
Estos asesores políticos son una nueva élite gubernamental y superprofesionales, de diferente procedencia. No importa el estatus orgánico sino el  rol asesor y/o  decisor para configura una adhocracia al servicio de las decisiones críticas.



DROR,Y. “Fortalecimiento de la capacidad de los gobiernos en materia de formulación de políticas” en Gestión y análisis de políticas públicas, nº 7-8, 1996-1997.
DROR,Y. “Asesores políticos para los gobiernos” en Documentación administrativa, nº 241-242, 1994.
DROR,Y. “Una élite de alto funcionario para el S XXI”en  Ekonomiaz, 26.

Cambios necesarios y capacidades normativas en el asesoramiento político y decisión pública (2): Conocimiento y reflexión sobre los rasgos normativos de una élite funcionarial


Respondiendo los alumnos acerca de las cualidades  para una élite funcionarial y desde los nutrientes de Dror se propone  lo  siguiente;   
En primer lugar, debe ser una elite altamente cualificada; tanto en el campo de los conocimientos teóricos como en los conocimientos psicológicos. Es importante que un funcionario domine la teoría, pero más aún el que  mantenga propuestas  racionales – formales y/o materiales.

En segundo lugar, ser autónomos;  debe tener la posibilidad de tomar decisiones propias, independientemente de su dependencia jerárquica. Lo que supone, a la par,  que no deben ser funcionarios totalmente independientes, ni rebelarse ante sus funciones – Aquí podemos recordar el modelo normativo británico de postguerra de los ‘Axiomas de Whitehall’.


En tercer lugar, deben pertenecer  a la sociedad;  ser personas que reflejen la sociedad actual, de esta manera la Administración actuará adecuadamente frete a necesidades sociales y que  todos los sectores de la sociedad puedan  verse representados.


En cuarto lugar, deberían ser personas con ciertos valores morales; provistos de  un código ético – personal e institucional -  que les permita mantenerse firmes en sus funciones, alejados del conflicto de intereses – propios o de allegados - y comprometidas con el bien público.


Por último, deben ser curiosos y creativos; Curiosos para sentirse con la necesidad de estar en continua formación y curiosos para crear nuevas propuestas y/o para solucionar cualquier adversidad que se presente.


Múltiples factores influyen en la sociedad y hacen que esta sea cambiante, por ello, todas las instituciones en infraestructuras que conviven en dicha sociedad, deben cambiar y evolucionar de la misma manera. La Administración actual, se encuentra obsoleta y debe ser remodelada para poder satisfacer las nuevas necesidades de la sociedad. El punto de partida son los funcionarios y/o empleados públicos que conforman la Administración y, a partir de ahí, se desarrollarán otras medidas para mejorar la capacidad de la Administración.

En conclusión, la evolución hacia un sistema de Alto funcionariado con estas características puede ser una ventaja competitiva para generar cambios muy significativos que hará funcionar mejor a la propia Administración Pública, máxime cuando la media de edad de los tres millones de empleados públicos del sistema español está en torno a los 55 años. Nuevas generaciones, nuevas ideas y gestión del conocimiento en la era digital subyacen en todo esto. 
Estas cualidades son propias de una alta función pública con roles especialmente directivos  y debe constituir per se una nueva dimensión crítica de la Administración Pública ante la necesidad de un alto funcionariado profesional.

Recuerdo en un curso de formación de una Administración regional que  un funcionario ex directivo, comentó. Con un equipo de diez directivos y cinco años hago los cambios necesarios en esta Administración Pública.  

Cambios necesarios y capacidades normativas en el asesoramiento político y decisión pública (1): Un supuesto escenario doméstico.


Un libro recientemente publicado del holandés V. R. Werner  dedicado  a explicar todo lo que, a su juicio, funciona mal en España  (“It is not what it is. The real (S)pain of Europe”) afirma  que nuestra sociedad es una bomba de relojería que podría acabar dinamitando toda la Unión Europea. La obra como  sucesión de ideas, tópicos, datos y anécdotas personales de su estancia por diecisiete  años en España, señala que la mayoría de los españoles tenemos en común siete carencias. 

1)   Nos falta información sobre lo que ocurre a nuestro alrededor.
2)  Nuestra ética no está a la altura de la correspondiente occidental.
3)  No tenemos cultura financiera.  
4)  Nadie asume responsabilidades. 
5)  Nadie asume riesgos a la hora de emprender o adaptarnos a los cambios. 
6)  Somos cortoplacistas y decidimos sobre la marcha. 
7)  Los servicios de nuestras empresas y Administraciones  son un auténtico desastre.

No estando de acuerdo con esta generalización y muy especialmente en desacuerdo con la número 7) – en términos de Administración comparada -sí voy a centrarme en las afirmaciones siguientes;

(…) se  escucha en España  eso de que “hay que cambiar el chip”, pero nadie lo cambia y  la ciudadanía se queja echando la culpa al Gobierno (…) 
(…) No es que la gente no trabaje, pero se puede trabajar de manera más inteligente (…)
 (…) solo el 7% de la población habla inglés de manera fluida, a pesar de que el 10% del PIB proviene del turismo (…)
(…) el 78% no son felices en sus trabajos y las empresas pierden anualmente 25.500 millones por el absentismo laboral (…) 
(…) La gente cuando piensa en la corrupción piensa en el Gobierno, pero yo creo que está extendido a las empresas, a la economía, en el 20% del PIB que se mueve en negro (…) 
(…)En las empresas españolas yo siempre he visto esa misma actitud: gente buscando vacíos legales, huecos por los que colarse. Hecha la ley, hecha la trampa (…)


 Supongamos que estas denuncias fueran total o medianamente ciertas o en camino  de serlo y que pensáramos en la necesidad  de que el gobierno sea el actor inicial y principal para lograr los cambios necesarios mediante políticas proactivas y argumentativas utilizando los recursos adecuados desde una racionalidad formal o instrumental de medios a fines.  Para pensar como elegir medios adecuados podemos pensar en el objeto de los seminarios realizados en la asignatura de políticas públicas del cuarto curso del grado en Ciencias Políticas de la Universidad CEU-Cardenal Herrera. 
Pensando en encontrar una suerte de algoritmo como sucesión  de operaciones organizadas de manera lógica y ordenada  para  fijar los  mejores perfiles y capacidades en los decisores públicos mejor encontrar los solucionar un determinado problema. Los alumnos se sirvieron de las propuestas normativas de Yezhekel Dror  como una serie de instrucciones o reglas establecidas  para  un diseño ideal  conforme a los roles típicos ideales del funcionario y del político.

sábado, 10 de noviembre de 2018

Observatorio sobre Transparencia, Gobernanza y RSC de la Universidad CEU-Cardenal Herrera



Dejamos constancia de la presentación del Observatorio de  Gobernanza y RSC de la Universidad CEU de Valencia. En los links que siguen están los resultados de la primera investigación efectuada así como de la dinámica a seguir


https://blog.uchceu.es/delibecracia/profesores-de-la-uch-ceu-presentan-el-observatorio-de-gobernanza-transparencia-y-rsc/


https://medios.uchceu.es/actualidad-ceu/presentan-los-primeros-resultados-del-observatorio-sobre-transparencia-gobernanza-y-rsc-de-la-ceu-uch/



lunes, 1 de octubre de 2018

Psicología de las Masas hoy



( …) ¡Qué imagen tan evocadora la de la represión cruenta  por el ejercito zarista de las masas revolucionarias que piden en la calle pan y justicia mientras la burguesía moscovita disfruta del champan y la música!. Esa imagen de la magnífica película de David Lean sobre el Doctor Zhivago responde a la historia  por cuanto Boris Pasternak recrea en el libro el acontecimiento sucedido tras el manifiesto del 17 de octubre de 1905 de  Nicolás II que  presionado por el creciente auge de la huelga política general le llevó a proclamar  las libertades cívicas e instituir la Duma (Asamblea) del Estado.  La gran manifestación desde la puerta de  zastava hasta la carretera de Kaluga en Moscú aglutinaba a […] viejos, estudiantes y niños, ferroviarios de uniforme, obreros del parque de tranvías y de la central telefónica, calzando botas hasta más arriba de la rodilla y vistiendo chaquetas de cuero, colegiales y estudiantes universitarios, mientras cantaban la Varshavianka, Caísteis como víctimas y La Marsellesa […] hasta que los emboscaron los cosacos.
“ustave Le Bon es un gigante intelectual de su época como doctor en medicina, etnólogo, psicólogo, arqueólogo, sociólogo, viajero y conocedor de Europa, África del norte y Asia. Qué mejor formación que los vastos conocimientos de antropología, sociología y psicología para juzgar un fenómeno nuevo y creciente tan complejo y potente como el de las masas, aglutinadoras de unas multitudes hastiadas, desnortadas, ingenuas, incultas, necesitadas y desbocadas y, por ende, muy frágiles para la utilización perversa por parte de ideologías e intereses individuales.
 … En la muchedumbre el nivel intelectual del individuo desciende inmediata y considerablemente y aumenta la intolerancia y el autoritarismo. Así, el héroe tipo amado por la masa será el de César, mientras que se rebelará contra la autoridad pusilánime”. (…)
Esto es parte del prologo a la obra clásica de Lebon sobre la psicología de las muchedumbres y que he tenido el honor de realizar a petición dela editorial Verbum.
En  208 paginas   se ha reeditado recientemente esta obra con la finalidad de leerse en calve de actualidad, pues muchas de las ideas sígueme siendo más que validas acerca de lo peligroso que puede resultar  una manipulación perversa de la muchedumbre airada, descontenta sin referentes, desafecta, descreída, incrédula  y con necesidades vitales.
Merece la pena leerse de nuevo a Le Bon.






https://editorialverbum.es/producto/psicologia-de-las-masas

https://books.google.es/books?id=mkNmDwAAQBAJ&pg=PA5&lpg=PA5&dq=javier+pinazo,psicologia+de+las+masas&source=bl&ots=nBaS327okh&sig=3-kdBklAGrIiUruaxGoI5ZCHXbs&hl=es&sa=X&ved=2ahUKEwjtt6Oh0eXdAhUOGewKHZ8-B30Q6AEwAHoECAoQAQ#v=onepage&q=javier%20pinazo%2Cpsicologia%20de%20las%20masas&f=false



jueves, 27 de septiembre de 2018

Ciencia de Policía y Ciencia de la Administración Pública en España (y 3)

En lo que ahora atañe a España  Puig y Gelabert, en el preludio de su traducción de la obra de Von Justi señala que  la Real Audiencia de Cataluña mandó, que todos los abogados, no sólo por conveniencia, si también por necesidad debiesen estar instruidos tanto en la Jurisprudencia Forense, como en la Ciencia del Gobierno, que está dividida en los tres ramos de policía, política y economía. Ante la infinidad de libros y dispersidad de las  nociones  como Doctor, Abogado y Juez de dicha Audiencia se propone compendiar la  policía, y si bien en un principio quiso hacerlo desde  varias eruditas obras  españolas, se encontró ya elaborada tal empresa en la obra de Juan Henrique Gottlobs de Justi. 

Siguiendo a  Catón  el abogado, deberá ser orator, vir bonus, dicendi peritus. Y por ello  (…) Ha de ser perito en todas las letras. Ha de saber las historias, por ser maestras universales, que enseñan con más brevedad que la experiencia, reducen los hombres a policía y los hacen prácticos en todas materias.
… ¡Que atractivas serán  en adelante las lenguas de los abogados, sazonadas con las discretas sales de la Ciencia del Gobierno Económico-Político de los pueblos, en principios de agricultura, comercio y demás ramos, tan indispensables en quienes se van formando para el manejo de los negocios públicos! ¡Que gloria para los que en adelante tengan la honra de alistarse en el número de los profesores de la abogacía, entrar a ejercer esta noble profesión con el auténtico testimonio de su cabal instrucción en el estudio utilísimo y agradable del Gobierno del hombre y manejo de sus negocios económico-políticos, en que una parte muy respetable de la legislación de nuestros reynos, y en que estriba toda la pública felicidad! El que en adelante pueda llamarse abogado tendrá ya ganado el renombre y fama de sabio consumado, por ser la abogacía epílogo y compendio de todas las ciencias y artes (...)

Advierte Puig y Gilabert   que muchos autores españoles, que se han propuesto tratar de policía, han confundido la policía con la política y la economía. Recurriendo al Diccionario de Lengua Castellana, de la Real Academia Española  dice que policía es la buena orden que se observa y guarda en las ciudades y repúblicas, cumpliendo las leyes u ordenanzas establecidas para su mejor Gobierno.  Y la  política, dice que es el Gobierno de la República, que trata y ordena las cosas que tocan a la policía, conservación y buena conducta de los hombres. La policía es la ejecutriz de la política.

A pesar de la tradición genuina española la idea de policía es recogida en el discurso político de la época en España el Conde de Campomanes  ministro de Carlos III diría que   una buena policía  ha de presentar caminos llanos y    seguros al pueblo para que todo él sea industrioso    y tenga destino de que vivir, proporcionado a sus    fuerzas y talento.

En el administrativo  ya que el término  ‘policía’ se utilizó formal y materialmente en un sentido preferentemente restringido y equivalente a higiene, tranquilidad, delincuencia, tal y como sucedería definitivamente tras la Ciencia de la Administración  moderna y en el jurídico   sobre todo en torno a los conflictos de competencias como recogería Santayana Bustilllo en 1742  al señalar que (…) pertenece pues al gobierno político y económico  de los pueblos, a los Ayuntamientos o a los Concejos de ellos y tan privativamente, que  no habiendo queja de parte o instancia fiscal, no pueden las cancillerías o audiencias entrometerse en estos asuntos (…). Muestra en Valencia de estos conflictos de jurisdicción es la Real Orden comunicada al Consejo en 22 de marzo de 1792, en la cual, con motivo de estar conociendo la Real Audiencia de Valencia de un recurso hecho contra las providencias de la Junta de Policía respectivas a unas casillas o covachuelas unidas a la iglesia parroquial de los Santos Juanes se mandó prevenir a la Audiencia no embarazase las operaciones de la Junta y que cuando las obras de policía se acordasen por ésta, si hubiese denunciaciones, o se pusiesen estorbos contra ellas, se traten primero en la misma Junta los medios de allanar las dificultades, sin formar procesos judiciales ni usar de providencias contrarias al decoro de la Junta y utilidad pública.

Federico Guillermo I de Prusia, convencido de que Rey y Administración Pública representaban al Estado ilustrado  quiso  no solo erradicar la corrupción de4 entonces sino mejorar la formación de los funcionarios públicos y en 1727, cuando estableció en las Universidades de Halle y Frankfurt del Oder a la Profesión en Economía, Policía y Cameralística. Su  responsable docente   Dithmar, llegaría a  decir que  la policía puede estrictamente ser llamada la vida y el alma del Estado, pero en su declive político-administrativo-académico de la por su asociación al absolutismo y despotismo ilustrado, la palabra ‘policía’  paulatinamente será sustituida por ‘Administración’. Gasser  será pionero en esta sustitución en el marco del cameralismo y Fleurigeon en el ámbito  Francés en el Código Administrativo de  1800.

En nuestro país es muestra del cambio de lenguaje es el Decreto de 6 de febrero de 1809 en el que se señalan las atribuciones a la Secretaría de Estado y demás ministerios, dictado por el Rey Jose I Bonaparte en el que se observa por ejemplo como competencias del Ministerio del Interior, entre otras, las de  ; la  presentación al Soberano de cuanto es relativo a la Administración central del Reino y a la Policía Municipal de los pueblos; la presentación de los candidatos para los empleos y plazas de la Administración civil en las provincias y en la capital;  igualmente resuelve sobra la transacción y división de los bienes comunales de los pueblos, la liquidación de las deudas de éstos, los recursos y autorizaciones para vender, comprar, prestar y contratar a largo plazo, cambiar y cualquier disposición de esta naturaleza propuesta por la Administración civil de dichos pueblos.

El mismo  Decreto al Ministerio de Policía general  asignaba las de; la proposición de medidas necesarias para la seguridad general del Estado, disposiciones de Alta Policía y reglamentos para el buen orden y la tranquilidad pública y, en particular, lo concerniente al régimen de pasaportes.


Ciencia de Policía y Ciencia de la Administración Pública y en España (2)


 La Ciencia de la Administración en Alemania comienza con la de  Lorenz von Stein Die Verwaltungs-Lehre en 1864  en la que  la policía formaba parte del temario del voluminoso tratado. Formal y materialmente se preservó la idea de las Ciencias Camerales en cuanto a que la justificación teórica de los estudios en administración pública se encuentra en la aplicación del conocimiento a la prosperidad del Estado. Los tratados de Ciencia de la Administración moderna  eran  manuales para la activación del Estado en su tarea de incrementar el desarrollo social.  En la  magna obra de Stein se produce el proceso de fusión de todo el conocimiento cameral que unitario ahora  se asimila y conjuga con las contribuciones de la nueva  Ciencia de la Administración. La Ciencia de la Policía es al estado absolutista lo que la Ciencia de la Administración será al Estado burgués de derecho.

Especialmente significativa fue la  aportación preparatoria de Mohl  a la iniciación de la moderna ciencia administrativa  que aún se designaba (Polizeiwissenschaft) y así   junto  con Von Stein sería fundador de la Ciencia reemplazaría a la antigua cameralística  con un notorio  esfuerzo genial para adaptarse a la ideología de su tiempo. El objetivo confesado de Von Mohl consistió en el examen de las posibilidades de actuación de la Administración en cuanto brazo ejecutivo del Estado liberal, pues pensaba que en el Estado se encierra toda la vida del hombre. Von Stein se centraría en el análisis de la receptividad administrativa a los «movimientos sociales», que para él son las claves de la evolución, no sólo de la sociedad, sino de todas las instituciones. VON MOHL quiso ofrecer una alternativa a los límites de un liberalismo hipotecado por las estructuras políticas y sociales y la herencia cultural en que se desenvolvió,  en el llamado liberalismo constitucional cuyo ideal político era la  monarquía constitucional,  como  poder y autoridad moral del reino,  garante de  la unidad del Estado.

A Mohl lo que le preocupa no es la sociedad, sino el Estado, no la Ciencia Social, sino las Ciencias Políticas. La realidad  de su tiempo  revela que existe un territorio de la convivencia humana, que es independiente del estatal, y que bajo la denominación de  «sociedad», ha de ser tratada en lo sucesivo por las ciencias sociales, no las políticas. En su ambiente científico se distingue, entre los que conciben a la sociedad como una realidad y  opuesta al Estado, pero considerando a aquélla bien como un agregado atómico de individuos  y la que la concibe como la articulación de una pluralidad de grupos, uno de los cuales es el Estado, que no se distingue sustancialmente de los demás. Enfrentándose a estas orientaciones para Von Mohl  la teoría social  representa un intento de síntesis entre el simple dualismo Estado-Sociedad y la multiplicidad social de las doctrinas pluralistas. La sociedad es  — al igual que para Hegel o Von Stein— una entidad colocada entre el individuo y las relaciones interindividuales y el Estado, integrada por una pluralidad de grupos -círculos sociales -.

El Estado no es para Mohl un «agregado de individuos al modo de átomos», sino de  articulaciones sociales. La sociedad está integrada por una pluralidad de grupos o de «círculos vitales», como  asociaciones naturales particulares desarrolladas a partir de un determinado interés, siendo indiferente que estén organizadas formalmente o no.

Ciencia de Policía y Ciencia de la Administración Pública en España (1)


Para  el administrativista García Oviedo el germen de la Administración hay que buscarlo, en gran parte, en el despotismo ilustrado, que además de la  exaltación de la personalidad humana y estimación de su destino como objetivo fundamental del Poder público, también promovió  reformas  con una actividad incesante del Estado. Para Federico el Grande une razón y autoridad y concibe al Estado como agente de bienestar y reformas según las luces de la razón.

Esto es el embrión la idea de la Administración como  obra del Estado, reflexiva y técnica, en la que el príncipe se muestra como servidor del Estado  pero con acciones reflexivas, sabias, eruditas, para que sean eficaces. Y para ello sustenta  el edificio del Estado sobre el Ejército - para defender y conservar - y la Burocracia -  para crear y mejorar -  el aparato administrativo del Estado.

 En el  orden  de la Ilustración; el príncipe, cede a la cosa; el móvil, a la materia; al asunto, la empresa; al norte, la técnica. Ahora no se trata de cómo debe proceder el príncipe, sino lo que debe hacer y cómo ha de hacerlo con eficacia. Y así se gesta  la idea de una Administración para un Estado de Policía  que genera la necesidad de desarrollarla y de hacer de ella una ciencia autónoma. La idea de una ciencia administrativa está en germen en la Ilustración, que pide reformas con medios aptos con la correspondencia de un esfuerzo intelectual que alumbrara las normas e instituciones adecuadas para la consecución del objetivo.

Para Jordana de Pozas la policía fue  una especie de meteoro científico de breve duración y equívoco contenido. Su vida es corta, pues se desarrolla en el transcurso de poco más de un siglo, y el número de sus obras de alguna importancia que la exponen es reducido

Villar Palasí diría al respecto (…) En España, a la sombra del «despotismo ilustrado», surge una pléyade de autores que pasan a la Historia con el nombre de «cameralistas», los cuales estudian la economía, la ciencia fiscal, la estadística, y también la ciencia de la Policía. El prototipo de monarca español del «despotismo ilustrado» es Carlos III, en cuya época florecen una serie de nombres como Saavedra Fajardo, Pedro Navarrete, Cangas Argüelles, etc.

 …la Ciencia de la Policía se integra en el conjunto de doctrinas políticas, económicas, administrativas e incluso filosóficas, que comienzan a mediados del siglo XVII, llenan todo el XVIII e incluso  durante parte del XIX, en Austria y Alemania, y suelen designarse con el nombre general de Cameralismo o de ciencias camerales. Este nombre es adecuado, porque expresa que las doctrinas mencionadas surgen en el seno de los Consejos que formaban en las monarquías absolutas las claves de la Política, tanto interior como exterior, y de la Administración.

 …Como en los demás países, la ciencia de la Policía está enteramente ligada como un substrato político filosófico, que es justamente el que determina su nacimiento. Este substrato político filosófico es el «despotismo ilustrado », que es un fenómeno que se ofrece en un momento determinado en la mayoría de los países continentales europeos (…)

Todo ese movimiento de la ciencia policial o cameralista es  la antesala de lo que en el XIX  sería  la Ciencia de la Administración y en algunos aspectos el Derecho Administrativo. Entre finales del  XVIII y principios del  XIX, muchas   obras y estudios sobre la Administración y el Derecho Público  se aproximaban, a lo que hoy puede es propiamente el ámbito de atención científica del Derecho Administrativo en este país.

La Ciencia de Policía especulativa tal y como sucedió en Alemania y Francia no arraigó en España, al tener  su genuina versión en el “Gobierno Político y Económico del Reino” de mucha más antiguedad y hondura  y  equivalente en contenido al de la policía pues bajo la denominación patria, se estudiaban todas las cuestiones afectantes a la mejora de la actividad económica, desde la agricultura hasta la instrucción  y que sería equivalente a la idea posterior de Administración Interior.

No obstante  la  Ciencia de Policía foránea  fue conocida en España  por la divulgación que realizaron Puig y Gilabert, Valeriola o Foronda entre el XVIII y XIX.

Puig y Gelabert, en el preludio de . Elementos Generales de Policía, Barcelona, 1784  que es la traducción al español de la obra de Von Justi, Principios de Ciencia de Policia de 1756.

El valenciano Valeriola i Rimbau, publicaría la  Idea General de Policía (Tratado de policía sacado de los mejores autores que han escrito sobre este objeto), en ocho cuadernos impresos entre 1798 y 1802, inspirado en el  Traité de la Police  de De la Mare.

Valentín Foronda, publicaría sus  Cartas de Policía, en 1801, siguiendo a de la Mare el Traité de la Police  de 1622 y las  Instituciones Políticas de   Von Bielfield de 1760.

Robert von Mohl fue el último gran cultivador de  esta antigua disciplina, cuya obra Die Policey-Wissenschaft, se publicó desde 1832 hasta 1866, por lo que la disciplina se mantuvo  más de 100 años desde de que se iniciara su enseñanza en Halle y Frankfurt del Oder  en 1727.

lunes, 18 de junio de 2018

Gestión directa en los servicios públicos y disfuncionalidades recientes de la indirecta (y 2)

En el 2011 la teniente alcalde  de París y presidenta de la empresa pública Eau sugirió a responsables municipales extremeños a defender la gestión pública del agua con voluntad política firme pues la experiencia parisina  demostró que es posible y hasta rentable una gestión pública eficaz , obteniendo 35 millones de euros de beneficios, desde que hace siete años el Ayuntamiento de París recuperó la gestión pública del suministro del agua.
Dicha gestión ha recibido uno de los mayores galardones internacionales al servicio público, en una ceremonia especial de la ONU celebrada en La Haya en la que el premio al Servicio Público concedido a ‘Aguas de París’ corrobora los beneficios de la remunicipalización, el cual viene respaldado por numerosos estudios de peso que confirman los fracasos de la privatización y los beneficios del suministro público. En la  ceremonia, el Transnational Institute, presentaron una exhaustiva publicación sobre la recuperación de los servicios públicos,  en la que consta que (…)En los últimos años se han producido al menos 835 casos de remunicipalización de los servicios públicos en todo el mundo, que afectan a más de 1600 ciudades en 45 países. Estas iniciativas de remunicipalización obedecen a muchos y diversos motivos: el objetivo de acabar con las prácticas abusivas o el incumplimiento de las normas laborales por parte del sector privado, el deseo de reconquistar el control de la economía y los recursos locales, el afán de ofrecer a las personas unos servicios asequibles, o la intención de poner en práctica unas estrategias ambiciosas a favor del medioambiente o de la transición energética (…).

Célia Blauel, presidenta de Eau de Paris y vicealcaldesa de París, afirmó que la decisión y el proceso de establecimiento de un operador unificado para gestionar el suministro público de agua a tres millones de usuarios en París fue deliberada, participativa y transparente y obedeció a motivos de carácter pragmático y político, en el sentido de que el operador público necesitaba controlar todo el ciclo del agua para garantizar un mejor servicio y responder al compromiso político de respetar el derecho humano al agua para todos los parisinos y las parisinas.
Así se dijo en torno a esta argumentación que (…) Recuperar el control público del suministro de los servicios públicos locales es una cuestión democrática de envergadura, sobre todo en el caso de servicios tan esenciales como la electricidad o el agua. Conlleva una mayor transparencia y una mejor supervisión ciudadana. En el contexto del cambio climático, puede contribuir a encaminar nuestras ciudades hacia la eficiencia energética, el desarrollo de las energías renovables, la conservación de nuestros recursos naturales y el derecho al agua.
El proceso decisorio consistió en numerosas consultas públicas, validadas por dos elecciones del gobierno municipal de París. No es frecuente encontrar estos elementos de visión, consulta y validación antes de la adopción de esta importante decisión. La ausencia de estos elementos democráticos suele abocar en propuestas insostenibles y debilitar a las instituciones democráticas que la implementan.
El mérito del proceso de París continuó una vez en marcha la remunicipalización. La nueva estructura cuenta con una junta directiva compuesta por las diversas partes integrantes, lo cual permite contar de forma sistemática con distintas perspectivas a la hora de sustentar las decisiones. La incorporación de los distintos componentes que integran el suministro del agua permite una diversidad de soluciones técnicas y financieras que no eran posibles con las estructuras precedentes. Hay que destacar los programas dirigidos a la población más pobre y desaventajada de la ciudad, así como la atención prestada a los distintos segmentos de la producción para proteger el medio ambiente (…)
Todo apunta a que habido un proceso de análisis exhaustivo y comprensivo estudio sobre el redireccionamiento de la gestión de la política municipales de suministro del agua con un examen analítico propio del que se requiere para las generalidades las decisiones públicas, el que se buscó un plus sobre la gestión privada en términos de valor público.
En un curso de postgrado de este año en la Politécnica de Valencia sobre Gestión Pública,   a juicio de los alumnos gestores todos de lo público, las experiencias autonómicas y locales valencianas no salieron bien paradas, no tanto por  el tema de la corrupción generalizada, que también sino por la cuestión de aptitud y actitud en el control de las contratistas, teniendo la oportunidad de escuchar ampliamente sobre esto al director de una empresa de aguas remunicipalizada de un importante núcleo veraniego de la provincia  de Alicante. Abundando  en ello por parte de Cesar hjererro Pombo  - ponente secretario de otro municipio valenciano en el citado curso – quien abordó para el éxito de esta remunicipalización la necesidad de   profesionalidad y capacitación para la dirección pública local tanto en su nivel directivo, predirectivo o gerencial.
 Esta posición sobre el déficit en la gestión local es compartido por otro gran secretario local valenciano  como es  Hilario LLavador    en el numero  207 de enero 2018 de la revista Cunal en el trabajo  El alto cargo en el ámbito local: una propuesta para su delimitación. Su propuesta reside fundamentalmente en que tal y como se hace para la AGE, en la Ley 3/2015 para la administración local se defina lo que se  entiende por alto cargo con extensión a los municipios  de régimen común. Argumentan para ello el sentido de  la STC 103/2013 de 25 de abril al albur  de la Ley 57/2003 de modernización de los gobiernos locales y el elenco de diversos órganos  directivos y sus diversas funciones. 
Por nuestra parte,  sin perjuicio de la lectura del trabajo preindicado, todo sugiere que seguimos sin disponer de un marco de referencia normativo sobre la dimensión orgánica y funcional del rol directivo público. Posiblemente hasta un nueva reflexión actualizada a nuestro momento  sea de ampliación, al menos  supletoriamente y con cierto carácter inspirador, el referente clásico del POSDCORB. Recordemos el trabajo  Notas sobre la Teoría de la Organización  de  1937 de  Gulick dirigido al  Comité Brownlow para la reforma de la oficina ejecutiva del presidente Roosevelt , sobre el acrónimo indicador de los pasos en el proceso administrativo:  Diría el autor (…)Ante la  dispersidad reinante sobre el contenido de  " administración " y " gestión " los autores se preguntan ¿Cuál es el trabajo del jefe del ejecutivo ?¿Cuáles son los elementos funcionales de la obra de un director ejecutivo: POSDCORB es la respuesta y su  elementos son los siguientes : (P) Planificación, (S) dotación de personal ,(D)dirección, (C) coordinación , (R) presentación de informes y (B)  elaboración de presupuestos(…).

La falta de aptitud para la gestión directa es un grave disfuncionalidad del mecanismo, como resulta obvio.





Gestión directa en los servicios públicos y disfuncionalidades recientes de la indirecta (1)

Sólo el coste de la corrupción derivada de la adjudicación a contratistas  ha generado un supuesto sobreprecio  entre 13.000 y 14.000 millones (según se incluya o no  también la mala gestión). Únase las consecuencias económicas para los que  han sufrido como empresarios y trabajadores, subcontratistas por  las injusticias de las prevaricaciones. Súmese las tragedias humas de los actores, fallecimientos y temporadas encarcelados. Quizás sea de los pocos momentos en que por razones no políticas una buena parte de la elite social está encarcelada, lo que dice bastante a favor del rol del pretor y del sistema judicial español.
Sirva este prolegómeno  para poner las cosas en su lugar, a mi juicio hoy en el marco del Estado Administrativo/neoweberiano  europeo la gestión directa o indirecta no es primordialmente ideologica sino técnica basad en una racionalidad medios a fines, en la que el medio es el ´como’ y sobre todo el ‘quien’ y debe decidirse a en función de mayor eficacia /eficiencia y calidad con otros factores adicionales de impacto local, social, ambiental y demás.  Otra cosa es, como tantas otras, la cuestión de las modas administrativas que ex NGP apostaban por el public choice, la vuelta al mercado, la elección y la devolución. Añádase que esta moda ha venido acompañada de  manos sucias que han hecho su agosto con los contratos menores y otros apaños.
Por Carles Ramió en entrada Un fenómeno reciente: ¿Hay que recuperar la gestión pública directa? de 15 de junio de 2018  http://www.administracionpublica.com/un-fenomeno-reciente-hay-que-recuperar-la-gestion-publica-directa/  señala que la gestión privada versus la gestión pública es una cuestión que posee una lógica pendular en la tradición administrativa nacional e internacional desde  finales del siglo XIX – con una clara tendencia hacia la publificación cuantitativa y cualitativa -  hasta los ’70 del S XX en que se produjeron dos fenómenos relacionados pero distintos; la devolución o despublificación y consecuente privatización  y la privatización o externalizacion de la gestión de los servicios públicos. Ahora estamos de nuevo hacia esta tendencia de gestión directa de los servicios públicos  aunque de momento se trate más de una posición  más teórica que práctico, aunque sólo sea por mor de la nueva  ley de contratación pública de 2017.
Como bien señala el Profesor Ramio el caso más recurrente es el de la gestión del agua  sobre el que subyace aquello de que  la mayor eficiencia de la gestión privada es un mito que debe denunciarse además del hecho de los desproporcionados costes económicos y la mala calidad de la gestión privada de los servicios públicos locales, siendo muy objetivo el informe sobre la fiscalización del sector público local elaborado por el Tribunal de Cuentas en el año 2011 que destacaba  que el coste público de los servicios externalizados es superior que los servicios internalizados y que, además, se detecta un deterioro evidente en la calidad de los servicios externalizados. Aquí se señala como disfunción evidente los altos beneficios de las gestoras privadas y la negligente implementación de este modelo de gestión externalizada, en especial las funciones de regulación,control y fiscalización, por la cual me temo  que los paternariados público-privados han dejado de existir en la nueva ley precitada de 2017 de contratación pública.
En suma para el autor debe apostarse a favor de la reactivación de gestión directa sin demonizar universalmente   la gestión privada, a lo que cabria añadir que debería estudiarse la introducción de mecanismos de copago razonables algunos de los servicios públicos universales  sobre las políticas sustanciales  que se llevan buena parte de los PGE de cada ejercicio fiscal.

lunes, 11 de junio de 2018

Consejos consultivos gubernamentales y eficacia de la Administración Pública (y 2)


Es este un ejemplo histórico de una actuación gubernamental que no tiene por fin primario la mayor eficacia de la Administración Pública, ya que ésta en su concepción moderna tiene por fin resolver los problemas de la ciudadanía, del pueblo, de las personas bajo ese concepto jurídico indeterminado que es el interés público o general.  El monumento o cualquier evento, conmemoración     destinado a la  memoria, a la gloria o al éxito político del gobernante poco tiene que ver con la mayor eficacia administrativa.
En un periodo de posguerra las necesidades de la sociedad son muchas, conocidas o desconocidas. Tantas que seguro que no sobra nada que pueda destinarse a celebrar un hito histórico con un monumento o un festejo. El recurso al monumentos de la Porta de la Mar es una anécdota de la que es expresión de una manera de ver las cosas pero poco puede decirse  en puridad jurídico-administrativa por cuanto  al construirse no estaba vigente el fuero de los españoles de 1945 y su consecuencia  de concreción de derechos públicos-subjetivos, bajo la subespecie de  carta otorgada de derechos y libertades para los españoles – que no ciudadanos - .
Hoy los gastos en  fastos de megalomanía democrática sí son censurables jurídicamente por mor de los derechos que hemos recogido en la constitución democráticamente adoptada y claramente algunos fastos contravienen la mayor eficacia (eficiencia y economía) administrativa. 
La experiencia de estos años nos dice  que los censores a priori no estaban por su labor y  las condenas y asunción de culpas y responsabilidades evidencian a toro pasado esta inactividad de reparo o censura previa. Es una buena ocasión que estos órganos consultivos  insistan en la importancia que señala el dictamen  97/2014 de 13 de marzo y avisen en cuanto sea posible por razón de la materia de los aspectos de oportunidad y conveniencia o de mayor eficacia de que algunas decisiones no debe adoptarse y sean causa. Y así evitar la tentación, el error o la perversidad buscada.  El insigne valenciano  Fadrique Furió al escribir su  Concejo y Concejeros del Príncipe en 1559 para Felipe II insistió en el arte y cualidades de aconsejar así como la utilidad política del Concejo dada su función asesora ya que el rey no puede estar en todas partes dada la unidad corporal orgánica en la política – organismo único -de la que el príncipe es la cabeza y los consejeros los miembros pues son  sus oídos, ojos, sentidos, voz, pies y manos.  
 Pero no olvidemos que entre otras, especialmente la soberbia , la necedad  y la ignorancia son sordas a los buenos consejos.

Consejos consultivos gubernamentales y eficacia de la Administración Pública (1)

Tras diversas funciones históricas del Consejo de Estado español – política exterior control del monarca,… -   La Ley Orgánica 3/1980, de 22 de abril, del Consejo de Estado  en su artículo 2-1 dispone para su funcionalidad actual que   en el ejercicio de sus funciones, el Consejo de Estado velará por la observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico. Valorará los aspectos de oportunidad y conveniencia cuando lo exijan la índole del asunto o lo solicite expresamente la autoridad consultante, así como la mayor eficacia de la Administración en el cumplimiento de sus fines.
Esta función de eficacia administrativa articulada en una racionalidad instrumental de medios a fines es la que nos interesa ahora. El cumplimiento de  conseguir los efectos deseados no solo es una máxima constitucional ex 103-CE , el cual habla también de descentralización, desconcentración y coordinación, que guarda su relación con la eficiencia organizativa. Esta regla de actuación sino consustancial a  toda  actividad humana organizada. La asignación de medios financieros, materiales y humanos, de los inputs  previstos de materia, energía e información, persiguen el mejor cumplimiento de fines en el que prima la eficacia, procurando además la eficiencia en una economía de presunción de escasez de recursos  (tiempo, dinero, presupuestos  políticos, vida de las personas, ecología, sostenibilidad, …) que tiene su origen en la lógica del abastecimiento y recolección del rol matriarcal de la procura del oiko nomos. La eficacia viene unida siempre a la economía y la eficiencia, las famosa tres ‘E’. Esta regla de actuación es la antítesis al paradigma del despilfarro, de la incompetencia y de la perversidad. 
En el dictamen  97/2014 de 13 de marzo se recoge  que el Consejo de Estado quiere insistir, una vez más, sobre la importancia de los principios de colaboración y coordinación para la mayor eficacia (y eficiencia) de la actuación administrativa… y sin duda en su  Base de Dictámenes contiene un total de 67.892 dictámenes, entre los años 1987 y 2018, en los que en más de una ocasión se hace uso de tal principio, no obstante el carácter no vinculante de estos dictámenes , salvo  disposición expresa en contrario. 
Vista vuela pluma alguna normativa sobre los consejos jurídicos consultivos autonómicos  (vasco, Murciano, valenciano,  andaluz y catalán) no aparece esta referencia explícita al cuidado de la eficacia administrativa, aunque se le presume desde el cumplimiento de la normativa constitucional y su desarrollo .
En la  Valencia de los años 40 el racionamiento apenas daba para medio alimentarse, el hambre era nota común, los sin escrúpulos se enriquecían con el estraperlo y la carestía no parecía que fuera a menguar porque el mundo se hallaba en guerra. A pesar de todo esto  las autoridades municipales Valencia encontraron medios y recursos para honrar al Jefe del Estado vencedor de la contienda fraticida y en 1942 se decidió construir un monumento en memoria de los caídos nacionales. Ese monumento es el que hoy  conocemos como Porta de la Mar ubicado en  las antiguas Puertas del Real  con un presupuesto de 1.140.688,98 pesetas de la época – un equivalente a unos seis millones de euros actuales-  al que hay que sumar  un 15% más de sobrecoste.

jueves, 24 de mayo de 2018

Ciencia en la Gestión Pública (y 5): 50 retos de las Administraciones Públicas para 2018


(…)Las Administraciones Públicas están inmersas en un contexto de transformación marcado por el impulso que aportan elementos como la digitalizacion, la innovación, la gestión de personas o el buen gobierno. Estas grandes tendencias vienen marcando el debate en torno a lo público en un contexto sin duda muy dinámico y cambiante.
Es por ello que desde NovaGob creemos importante plantear una reflexión amplia sobre cuáles van a ser los 50 principales retos a los que las Administraciones públicas se van a enfrentar en 2018. No se trata solo de ofrecer una foto fija, sino de poner sobre la mesa desafíos que van a ser clave dentro de nuestra comunidad, en el próximo Congreso NovaGob o que van a marcar temáticas para futuras publicaciones y estudios (…)

Así pues en lo que ahora afecta el grupo de investigación NOVAGOB  ha presentado esta propuesta que guarda cierta relación con lo anterior especialmente por lo que afecta a los siguientes retos
(…)

14. Caminar hacia una auténtica gobernanza participativa, incorporando a la ciudadanía en la toma de decisiones y en todo el ciclo de las políticas públicas para obtener mejores resultados.
15. Aprovechar los nuevos canales sociales para una comunicación más efectiva con la ciudadanía, haciendo la Administración más atractiva y cercana.
16. Mejorar la comunicación interna dentro de las organizaciones.
17. Administraciones públicas capaces de cumplir los requisitos de las nuevas normativas que entran en vigor, en 2018 en España muy especialmente las nuevas Leyes de Protección de Datos y de Contratos del Sector Público. 
18. Apostar de forma decidida por la integridad en la contratación pública.
19. Promover la responsabilidad y rendición de cuentas de abajo a arriba y de arriba a abajo. 
20. Fortalecer el desempeño ético y luchar contra la corrupción para reducir su alcance.
22. Avanzar en los sistemas de evaluación de las políticas públicas.
24. Establecer un porcentaje fijo de inversión en los presupuestos anuales de las Administraciones para innovación.
25. Poner en marcha espacios de innovación y experimentación como los laboratorios de gobierno (GobLabs).  
27. Fomentar la colaboración dentro de una misma Administración, entre Administraciones y entre intraemprendedores, para evitar duplicidades y ser más eficientes y efectivos, generando una visión compartida lo suficientemente potente para alinear esfuerzos y lo bastante laxa para permitir grados de libertad.
31. Promover liderazgo político, directivo, de personal y de equipos para generar soluciones más innovadoras. Impulsar el cambio y permitir la iniciativa.
32. Conseguir que el Sector Público tenga un mayor protagonismo en el ámbito innovador en relación con el desarrollado por el sector privado.
33. Afrontar una planificación estratégica a largo plazo frente al cortoplacismo. Mentalidad proactiva para adelantarse a los acontecimientos (incluidos cambios normativos) y transformarse a un ritmo paralelo al de la sociedad.
34. Lograr un cambio generalizado de actitud de las personas que trabajan en la Administración pública: recuperar la ilusión y afrontar las vicisitudes con buen humor.
35. Dar Mayor libertad al personal empleado público: menos intromisiones e interferencias políticas.
36. Puesta en valor del trabajo público, logrando que la ciudadanía vea la Administración como un activo de su sociedad del bienestar, que se sienta orgullosa de las instituciones y las personas que trabajan en ellas.
37. Implantar un sistema de dirección pública profesional con un régimen jurídico claro para el personal directivo.
40. Formar en sistemas de gestión para la mejora continua.
44. Redefinir las tareas y funciones de los puestos de trabajo.
45. Reclamar nuevas competencias profesionales más transversales y multidisciplinares, tecnológicas, capacidad de trabajo en equipo y en entornos de incertidumbre.
46. Cambiar los sistemas de selección de personal en base a las nuevas capacidades que se reclaman,  modificando las pruebas de los procesos selectivos para captar el mayor talento para cada puesto de trabajo.
48. Lograr que las personas profesionales que están al servicio de la Administración estén motivadas, sean reconocidas y valoradas según su desempeño.