Sólo el coste de la
corrupción derivada de la adjudicación a contratistas ha generado un supuesto sobreprecio entre 13.000 y 14.000 millones (según se
incluya o no también la mala gestión).
Únase las consecuencias económicas para los que
han sufrido como empresarios y trabajadores, subcontratistas por las injusticias de las prevaricaciones. Súmese
las tragedias humas de los actores, fallecimientos y temporadas encarcelados.
Quizás sea de los pocos momentos en que por razones no políticas una buena
parte de la elite social está encarcelada, lo que dice bastante a favor del rol
del pretor y del sistema judicial español.
Sirva este prolegómeno para poner las cosas en su lugar, a mi juicio
hoy en el marco del Estado Administrativo/neoweberiano europeo la gestión directa o indirecta no es
primordialmente ideologica sino técnica basad en una racionalidad medios a
fines, en la que el medio es el ´como’ y sobre todo el ‘quien’ y debe decidirse
a en función de mayor eficacia /eficiencia y calidad con otros factores adicionales
de impacto local, social, ambiental y demás. Otra cosa es, como tantas otras, la cuestión de
las modas administrativas que ex NGP apostaban por el public choice, la vuelta
al mercado, la elección y la devolución. Añádase que esta moda ha venido acompañada
de manos sucias que han hecho su agosto
con los contratos menores y otros apaños.
Por Carles Ramió en entrada Un
fenómeno reciente: ¿Hay que recuperar la gestión pública directa? de 15 de
junio de 2018 http://www.administracionpublica.com/un-fenomeno-reciente-hay-que-recuperar-la-gestion-publica-directa/
señala que la gestión privada versus la
gestión pública es una cuestión que posee una lógica pendular en la tradición administrativa
nacional e internacional desde finales
del siglo XIX – con una clara tendencia hacia la publificación cuantitativa y
cualitativa - hasta los ’70 del S XX en que
se produjeron dos fenómenos relacionados pero distintos; la devolución o
despublificación y consecuente privatización y la privatización o externalizacion de la gestión
de los servicios públicos. Ahora estamos de nuevo hacia esta tendencia de gestión
directa de los servicios públicos aunque
de momento se trate más de una posición más
teórica que práctico, aunque sólo sea por mor de la nueva ley de contratación pública de 2017.
Como bien señala el Profesor
Ramio el caso más recurrente es el de la gestión del agua sobre el que subyace aquello de que la mayor eficiencia de la gestión privada es
un mito que debe denunciarse además del hecho de los desproporcionados costes
económicos y la mala calidad de la gestión privada de los servicios públicos
locales, siendo muy objetivo el informe sobre la fiscalización del sector
público local elaborado por el Tribunal de Cuentas en el año 2011 que destacaba
que el coste público de los servicios
externalizados es superior que los servicios internalizados y que, además, se
detecta un deterioro evidente en la calidad de los servicios externalizados. Aquí
se señala como disfunción evidente los altos beneficios de las gestoras
privadas y la negligente implementación de este modelo de gestión externalizada,
en especial las funciones de regulación,control y fiscalización, por la cual me
temo que los paternariados
público-privados han dejado de existir en la nueva ley precitada de 2017 de
contratación pública.
En suma para el autor debe apostarse
a favor de la reactivación de gestión directa sin demonizar universalmente la gestión
privada, a lo que cabria añadir que debería estudiarse la introducción de mecanismos
de copago razonables algunos de los servicios públicos universales sobre las políticas sustanciales que se llevan buena parte de los PGE de cada ejercicio
fiscal.
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