lunes, 18 de junio de 2018

Gestión directa en los servicios públicos y disfuncionalidades recientes de la indirecta (1)

Sólo el coste de la corrupción derivada de la adjudicación a contratistas  ha generado un supuesto sobreprecio  entre 13.000 y 14.000 millones (según se incluya o no  también la mala gestión). Únase las consecuencias económicas para los que  han sufrido como empresarios y trabajadores, subcontratistas por  las injusticias de las prevaricaciones. Súmese las tragedias humas de los actores, fallecimientos y temporadas encarcelados. Quizás sea de los pocos momentos en que por razones no políticas una buena parte de la elite social está encarcelada, lo que dice bastante a favor del rol del pretor y del sistema judicial español.
Sirva este prolegómeno  para poner las cosas en su lugar, a mi juicio hoy en el marco del Estado Administrativo/neoweberiano  europeo la gestión directa o indirecta no es primordialmente ideologica sino técnica basad en una racionalidad medios a fines, en la que el medio es el ´como’ y sobre todo el ‘quien’ y debe decidirse a en función de mayor eficacia /eficiencia y calidad con otros factores adicionales de impacto local, social, ambiental y demás.  Otra cosa es, como tantas otras, la cuestión de las modas administrativas que ex NGP apostaban por el public choice, la vuelta al mercado, la elección y la devolución. Añádase que esta moda ha venido acompañada de  manos sucias que han hecho su agosto con los contratos menores y otros apaños.
Por Carles Ramió en entrada Un fenómeno reciente: ¿Hay que recuperar la gestión pública directa? de 15 de junio de 2018  http://www.administracionpublica.com/un-fenomeno-reciente-hay-que-recuperar-la-gestion-publica-directa/  señala que la gestión privada versus la gestión pública es una cuestión que posee una lógica pendular en la tradición administrativa nacional e internacional desde  finales del siglo XIX – con una clara tendencia hacia la publificación cuantitativa y cualitativa -  hasta los ’70 del S XX en que se produjeron dos fenómenos relacionados pero distintos; la devolución o despublificación y consecuente privatización  y la privatización o externalizacion de la gestión de los servicios públicos. Ahora estamos de nuevo hacia esta tendencia de gestión directa de los servicios públicos  aunque de momento se trate más de una posición  más teórica que práctico, aunque sólo sea por mor de la nueva  ley de contratación pública de 2017.
Como bien señala el Profesor Ramio el caso más recurrente es el de la gestión del agua  sobre el que subyace aquello de que  la mayor eficiencia de la gestión privada es un mito que debe denunciarse además del hecho de los desproporcionados costes económicos y la mala calidad de la gestión privada de los servicios públicos locales, siendo muy objetivo el informe sobre la fiscalización del sector público local elaborado por el Tribunal de Cuentas en el año 2011 que destacaba  que el coste público de los servicios externalizados es superior que los servicios internalizados y que, además, se detecta un deterioro evidente en la calidad de los servicios externalizados. Aquí se señala como disfunción evidente los altos beneficios de las gestoras privadas y la negligente implementación de este modelo de gestión externalizada, en especial las funciones de regulación,control y fiscalización, por la cual me temo  que los paternariados público-privados han dejado de existir en la nueva ley precitada de 2017 de contratación pública.
En suma para el autor debe apostarse a favor de la reactivación de gestión directa sin demonizar universalmente   la gestión privada, a lo que cabria añadir que debería estudiarse la introducción de mecanismos de copago razonables algunos de los servicios públicos universales  sobre las políticas sustanciales  que se llevan buena parte de los PGE de cada ejercicio fiscal.

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