lunes, 16 de diciembre de 2019

Corrupción y su relación con la transparencia y la capacidad para la debida decisión pública (1)




A vueltas con el GRECO (Grupo de estados contra la corrupción del Consejo de Europa), un trabajo reciente (Bustos Gisbert, “Informe corrupción en España: Reflexiones al hilo de los informes del GRECO en  Cuadernos Manuel Giménez Abad nº 18, diciembre 2019 nos revela  la paradójica situación de la corrupción en España en cuanto a que  la opinión pública considera que es uno de los problemas más graves en la actualidad, pero esta percepción no se corresponde con las encuestas relativas a la directa experiencia con casos de corrupción. Paradoja que se explica con los informes del GRECO al destacarse en estos que algunos de los mayores problemas de la lucha contra la corrupción en España están  vinculados con la garantía de la independencia de los órganos encargados de canalizar la responsabilidad política y jurídica.
La paradoja está en que  la  altísima percepción de la corrupción no se compadece con la experiencia personal de actos concretos de corrupción: no se paga ni se soborna por la prestación de servicios públicos; no existe experiencia de corrupción en los ámbitos más sensibles como justicia, sanidad, educación o seguridad; las estadísticas judiciales sobre persecución de la corrupción no arrojan datos particularmente preocupantes, etc.
Dicho de otra manera hay alta percepción de la corrupción, pero no hay experiencia directa de corrupción. No existe un problema de corrupción sistémica en España y la corrupción de los funcionarios es baja habiendo mejorado respecto a década anteriores. Los ciudadanos no sufren directamente una, normalmente inexistente, “pequeña” corrupción en las relaciones con los poderes públicos, pero son testigos permanentes de la “gran” corrupción. Una gran corrupción vinculada sobre todo a los agentes políticos con diferentes expresiones;

ü Financiación de los partidos políticos.
ü Captura del Estado por parte de lobbies poderosos.
ü Fraudes urbanísticos en el ámbito municipal y autonómico.
ü Clientelismo generalizado en el reparto de puestos públicos temporales o, incluso permanentes.
ü Aprovechamiento del desempeño de cargos públicos para obtener en años sucesivos puestos en empresas privadas,
ü Un sinfín de otros comportamientos considerados corruptos por la opinión pública (órganos consultivos o de asesoramiento provisto por afines y por incapaces tantas veses,...)

Una modalidad debe añadirse por su impacto cuantitativo y cualitativo como resulta de la ineptitud del gestor público  – de conocimiento específico y de actitud – pues se muestra como un subtipo de corrupción incluso más dañina que otras expresiones como vivimos ocasión de analizar en 2015 cuando  afirmábamos que;

·     La ineptitud puede ser peor que la corrupción o una subespecie equivalente de ella.
·      El fenómeno no implica tanto un problema moral, sino una cuestión de idoneidad organizativa, de arquitectura institucional, de tecnoestructura, de mecanismos neguentrópicos, que hacen que sea más difícil de extirpar que la corrupción.
·     El neofeudalismo actual, la economía sumergida, la delincuencia la ineptitud y la corrupción y son expresiones y mecanismos para subsistir en el sistema económico actual.
·     Cuanto más inepto se es para el desempeño público, mayor propensión a la corrupción, y sobre todo, viceversa.
·      Cuanta mayor frustración en la pretensión de innovación política, mayor posibilidad de caer en la perversión/desviación del desempeño público.
·      La ineptitud – por falta de actitud y aptitud - se muestra en las vertientes deontológica, ontológica y epistemológica.
·     La ineptitud no existe sólo en la Administración Pública, es apreciable en otros sectores de bienes y servicios, al menos como expresión de una inadecuación de talento técnico frente a los retos del Cross Modern.
Ya Max Weber  en La Política como Vocación, afirmó que (…) en los Estados Unidos, el sistema de botín, desarrollado de esta manera, ha sido posible porque la cultura norteamericana con su juventud, podría técnicamente permitirse una administración puramente diletante
... Una corrupción y desgaste no igualados sólo podían ser tolerados por un país con oportunidades todavía ilimitadas (…)
En las conclusiones del trabajo precitado ante la pregunta ¿se lucha contra la corrupción en España? Aparecen las siguientes respuestas;
§  Las recomendaciones del GRECO se cumplen en su mayoría pero con una enorme lentitud. Habitualmente se requieren cinco años para que las recomendaciones en las diversas rondas sean cumplidas.
§  Respecto al sistema normativo puede apreciarse que se cumplen las recomendaciones referidas al conjunto de normas jurídico penales reguladoras de la corrupción.
§  Hay  más dificultades cuando el marco normativo a reformar no es el penal, sino la creación de normas de conducta éticas reguladoras del comportamiento de sujetos relevantes en la lucha contra la corrupción. (todavía faltan para la carrera judicial, senadores,  fiscales).
§  Tampoco es satisfactoria la cuestión de la financiación de los partidos políticos.
§  Siguen las resistencias a la garantía de la independencia de los órganos de control.
§  Inexistencia de verdaderos órganos de control y asesoramiento para el cumplimiento de las normas éticas.
§  Totalmente incumplida por parte de España es la petición de modificación de la LOPJ en cuanto al nombramiento de los vocales del CGPJ.

 Del informe del GRECO  se destaca que  España no dispone de una estrategia general de lucha contra la corrupción.

Cfr.
Pinazo Hernandis,J., (2015). “¿Ineptitud subespecie de la corrupción? Enfoque sistémico y funcional desde la Ciencia de la Administración” en La regeneración del sistema: reflexiones en torno a la calidad democrática, el buen gobierno y la lucha contra la corrupción, olelibros.com. (J. Marco  y B. Nicasio,  Coords.), Univ. CEU-UCH- AVAPOL.

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