Y
ya en el siguiente capítulo V se pronuncia también sobre los 'Caracteres generales de la Administración'
pero con la advertencia del carácter contingente de la misma al señalar que (…) La ciencia administrativa enseña pocas reglas fijas y verdades absolutas
para dirigir según ellas la acción del gobierno que vela por los intereses
públicos. Mil géneros de necesidades todas distintas, la movilidad constante de
los elementos sociales, su combinación tan varia, frecuentes perturbaciones y
circunstancias imprevistas hacen que tal nación exija cuidados muy diversos
respecto de otra al parecer semejante, y que un pueblo hoy no se administre de
igual manera mañana.
… Por eso la
ciencia de la administración debe ser variable en los pormenores, y el poder
que la aplica muy flexible (…)
En
cuanto a la dificultad de teorizar con carácter
general afirmaría,
(…) dos obstáculos
insuperables impiden formar esta síntesis, a saber:
1. Que la mayor parte de las cuestiones
administrativas son complejas, de suerte que no se pueden resolver aplicando un
solo criterio.
2. Que la Administración
desciende a los pormenores de la vida civil, variables cada día y aun cada hora, por cuya razón la
autoridad procede por vía de reglamentos, asimismo variables como las
necesidades públicas que los provocan; de donde
resulta que tal vez la inflexibilidad de los principios cede ante el
tacto ó la prudencia del gobierno, en cuya difícil combinación estriba el don
del acierto (...)
Agrupando
las ideas afines podremos, sin embargo, desentrañar lo que hubiere de más común
en su variedad y de más constante en su fluctuación y si la ciencia enseña tan poco en cuanto a la acción
general de la administración, algo de más concreto se descubre en las doctrinas
tocantes a la organización administrativa, de tal manera que a cuatro pueden
referirse todas las condiciones orgánicas de la administración y los
‘caracteres propios de la organización administrativa de cualquier Estado’.
1.°
Que la administración sea análoga a
las instituciones políticas.
2.°
Que sea esencialmente activa.
3.°
Que
sea independiente.
4.°
Que
sea responsable.
Para Colmeiro dichos caracteres conduce
a exponer una serie de principios y
doctrinas relativas a la Administración pura que hallaran conveniente
desarrollo y aplicación oportuna en su obra. La teoría abrirá las puertas de la práctica y la Ciencia
de la Administración iluminara el Derecho Administrativo.
En síntesis aquí reside la idea de
una Teoría
General de la Administración Pública en la que los principios que al
fundamentan exigen diferenciar entre
Ciencia de la Administración y Derecho
Administrativo, manifestando al respecto que ;
(…) Hasta aquí
hemos considerado únicamente la ciencia pura o la administración en abstracto;
pero desde ahora concretamos nuestros estudios a España, y damos principio a la
exposición de su derecho
administrativo.
Si la ciencia de
la administración inquiere las relaciones naturales del estado con sus miembros
y enseña los principios que deben guiar al soberano cuando intenta someterlas a
un régimen legal, las leyes administrativas verifican la teoría dictando
preceptos de equidad, estableciendo reglas de orden, confiriendo derechos e imponiendo
obligaciones. Hay, pues, entre la ciencia y el derecho administrativo una
diferencia tan esencial y profunda, como existe entre las relaciones naturales
y las legales de la Administración con los administrados. La ciencia es
absoluta: el derecho es relativo (...)
En
el libro II dedicado al Derecho Administrativo
afirma Colmeiro que este ha existido siempre, porque la Administración
no ha faltado nunca. El cuidado de
administrar es tan antiguo como la
sociedad, y su ejercicio una condición esencial de toda existencia colectiva.
Diría
pues (…)
Lo único que debemos a nuestra época es la clasificación de las leyes relativas
á la administración pública, el aislamiento de sus principios y la deducción de
una serie de consecuencias pertenecientes á este nuevo orden de ideas: en suma,
al espíritu analítico del siglo somos deudores de la teoría en cuanto á las
doctrinas, y del sistema en cuanto á la organización. Sucedió con la
Administración lo que con la economía pública, que antes de ser conocido el
nombre, se practicaban sus máximas con más o menos acierto; y en esta parte de
la ciencia que pudiéramos llamar latente, más bien sentida que explicada, es
don' de se puede inquirir la historia y buscar los materiales del derecho moderno
(…).
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