viernes, 21 de julio de 2017

Pensamiento Administrativo de segunda generación (1): Blunstchli y La pretensión científica de la Ciencia política y su separación de la Administración Pública

Bluntschli, Colmeiro, González Posada son insignes pensadores de Ciencia administrativa desde el enfoque socio-político  del S. XIX, que podrían calificarse de segunda generación pro el tiempo en que escriben sus obras y por ser  posteriores y seguidores o continuadores de  aquellos de los que solemos hablar ordinariamente como los pioneros de la Ciencia de la Administración  moderna por compartir una pretensión científica o cuasicientífica en aquel momento muy significativa en el marco del nacimiento de las ciencias sociales. 
Solemos utilizar un orden cronológico desde Bonnin, pasando por el pensamiento de la década prodigiosa española hasta Stein, como triduo al que solemos dar igual importancia. En el contexto europeo señalamos siempre dos hechos de extrema relevancia histórica y muy especialmente para la Ciencia de la Administración; la revolución política de 1789 y la revolución social de 1848. En el americano es  Wilson  el  pionero en la más joven nación americana infradesarrollada en la cuestión administrativa, para  el progreso que comienza en esa época. 
En el caso de Juan Gaspar Bluntschli nacido en Zurich en 1807 y Doctor en Derecho a los veintidós años de edad y perteneciente a la escuela histórica de Savigny, su  ciudad  le debe su Código civil  y luego enseñó en  Munich  y Heidelberg hasta 1861.
Su  Derecho Público Universal de 1852 fue el instrumento de la difusión de su pensamiento administrativo - del cual su parte tercera apareció en italiano como el título de La Politica como Ciencia en 1876. También destacan su Teoría del Estado moderno (1875-1876) en la que expresa una teoría organicista extrema.
Su Derecho Público Universal contiene dos aspectos importantísimos a nuestro juicio; de una parte afirma la cientificidad de la ciencia política y desde tal consideración estudia  el rol específico de la administración, examinando los servicios y las funciones públicas, el nombramiento de los funcionarios, sus derechos y deberes, su relación con el  gobierno, los ministros.  
Dos órganos de gobierno son de especial atención, el Estado – sobre el que puntualiza las relaciones con la  iglesia y con la   ciencia y el arte -  y el municipio  urbano y  rural, y de manera  especial el ámbito de la policía. 
Sobre el primer aspecto pretendió establecer el carácter real y científico de la política y en el  libro XI sobre la Administración Pública, aconsejó que se separara  la administración tanto de la política como del derecho, pues  (…) La política, dice, es una actividad del Estado "en cosas grandes y universales", al paso que "la administración, en cambio", es "la actividad del Estado en cosas individuales y de poco momento. La política es, pues, el dominio especial del estadista, y la administración lo es del funcionario técnico" ...”La Administración Pública es la ejecución detallada y sistemática del derecho público. Cada aplicación especial, particular, de la ley general, es un acto de administración (…).
Diría que la ciencia del Estado, tiene por objeto conocer y a comprender el Estado en su esencia, en sus manifestaciones y en su desarrollo. Para el autor no están comprendidas en esta Ciencia  algunas ciencias auxiliares para su conocimiento, tales como la historia, La estadística, la economía política, el estudio de la sociedad, pero sí la política y el derecho público.  El ‘derecho público’ estudia al Estado en su regular existencia, en su orden normal, y manifiesta su organismo, las condiciones permanentes y fundamentales de su vida, las reglas de su existencia y la necesidad de sus relaciones. La ‘política’ estudia al Estado en su vida y desarrollo y muestra las aspiraciones públicas, los caminos que conducen al fin propuesto, y los medios de realizarlo; La política es, pues, la vida del Estado, el acto practico del gobierno. El derecho público es a la política lo que el orden a la libertad. El primero se pregunta, si lo que es se halla ajustado a derecho; la segunda, si la acción propuesta se conforma el fin.
Ambas ciencias tienen un aspecto moral, porque el Estado es un ser moral cuyos principios  tienen una base más ancha en la naturaleza humana, una causa más alta en el orden divino del mundo y los fines sobrenaturales del hombre. Sin el soplo vivificador dela política, el cuerpo del Estado quedaría convertido muy pronto en un cadáver; sin el fundamento y las limitaciones del derecho, se perdería la política en  egoísmo sin freno y en un furor fatal de destrucción. El estudio científico del Estado puede emprenderse tomando diferentes puntos de vista y por diversos métodos, distinguiéndose principalmente dos racionales (método filosófico y el histórico), y dos irracionales  fruto de la exageración de los dos primeros (La abstracta ideología, y el exclusivo empirismo)
La mayor parte de los autores han seguido exclusivamente uno u otro método, y sólo algunos hombres de genio han sabido reunirlos y combinarlos (cita a Aristóteles o  Cicerón, Maquiavelo, Montesquieu) y otros han caído en el error de la ideología (cita a  Rousseau, Bentham y Platon). El historiador verdadero da a la filosofía su justo valor; el verdadero filósofo pide consejo a la historia.

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