miércoles, 1 de abril de 2015

¿Expectativas de cambio en la oferta política? (1)

En la revista Documentación Administrativa, nueva época nº 1 enero-diciembre 2014, se recoge diversas opiniones referentes al seminario sobre la reforma del Estado, celebrado en el INAP. Un resumen de las mismas podemos verlo a través de tres opiniones que transcribimos.  Para el Profesor Rebollo de que (…) da impresión de que el Estado social está irremisiblemente tocado y hundido y que escapa a nuestras posibilidadessalvarlo. También está afectado el Estado democrático porque muchas de las decisiones más capitales han quedadoen manos de poderes sin legitimación democrática. Nuestro Estado autonómico no sale mucho mejor parado (...)

En cuanto a dicho Estado de Derecho se añade por dicho Profesor  que; (…) Sus instituciones más importantes pasan por un periodo de degradación y de desprestigio creciente…,  incluso desde ciertos poderes públicos se fomenta y se explota ese desprestigio. Hasta algunos juristas o falsos juristas, contribuyen a ello... las normas con rango de ley, incluso las más importantes y vertebradoras, se aprueban con una frivolidad que no favorece lo más mínimo la seguridad jurídica ni la eficacia ni la eficiencia ni, a la postre, el respeto por el Derecho (…).

En lo referente a la clausula de Estado social (también siguiendo al citado Profesor Rebollo; (…) no puede aceptarse la renuncia al pacto social que la constitución recoge al respecto, pues el art 135 CE reformado debe conciliarse armoniosamente con el resto de los mandatos …, entre esos mandatos cabe citar; la  asignación equitativa de los recursos públicos (art. 31.2); promover las condiciones favorables “para una distribución de la renta regional y personal más equitativa” (art. 40.1);  equiparar el nivel de vida de todos los españoles” (art. 130.1); estimular la más justa distribución de la renta y la riqueza (art. 131.1)…,  El Derecho europeo no condena al Estado social pero si  habrá que hacer es un Estado social más barato, pero no menos social y su  mantenimiento dependerá de la eficiencia de los recursos…,  la clausula del Estado social sigue siendo Derecho positivo del más alto nivel y valor,(…)

La profesora Menéndez Sebastián  añade en otra ponencia que (…) las políticas neoliberales europeas han venido a sustituir de facto los valores de igualdad, justicia, solidaridadde las Constituciones de los Estados contemporáneos de nuestro entorno, por el principio de libre competencia,   haciendo tambalear el Estado social…, el Derecho Público, que juega un papel primordial en la articulación de las relaciones entre Estado y Sociedad,  ahora más que nunca deben reformularse y permitir al Estado recobrar su sitio y  debe ser también repensado..., no estamos sólo ante una crisis económica sino también institucional, pues es evidente  el desajuste entre el Estado y la Sociedad, de tal modo queel entramado institucional existente ha perdido sintonía con la nueva realidad social..., ante tal situación deben reaccionar losjuristas  junto a sociólogos, historiadores y economistas, para evitar  otro desfase histórico entre elrégimen político, institucional y jurídico y  la nueva sociedad que se había configurado…,  el Estado social es el mayor logro histórico y que permite además la convivencia,y que si en las circunstancias de crisis que vivimos no puede ofrecer los mejores servicios públicos al menos, debe ser igualitario y solidario.
 
Castellà Andreu  afirma  que (…) no parece que el descontento ciudadano respecto al funcionamiento de la democracia y las instituciones públicas, así como respecto a la organización territorial del Estado, vaya a propiciar una reforma constitucional en breve (…) y  (…) las reformas no pueden dejar de lado lo que me parece fundamental: por un lado, la conveniencia de acotar el campo de acción de los partidos al estrictamente político (Parlamento y gobierno), reduciendo drásticamente su presencia en los demás ámbitos institucionales, sociales y de los medios de información; y por otro, la necesidad de asegurar instituciones políticas bien controladas y contrapesadas mutuamente. Son formas adecuadas de preservar el Estado de Derecho y la democracia representativa, pilares indispensables de la forma de Estado constitucionalmente establecida (…)

 Cesar Cierco  sostiene (…) que en este contexto de crisis económica los órganos jurisdiccionales —así nacionales que europeos— están desempeñando un papel destacado situándose muchas veces en la vanguardia de la defensa de lo que se estiman conquistas inembargables que no pueden desmontarse aun en tiempos excepcionales. Son muchas las decisiones sonadas de los órganos jurisdiccionales que han supuesto un freno a muy diversas medidas y actuaciones, no sólo, por cierto, de los poderes públicos pues también en las relaciones típicamente inter privatos han advenido respuestas trascendentales (…)

 Caballero Sánchez  pone una buena guinda al pastel  y nos recuerda que en el seminario (…) llegué a escuchar hasta en dos ocasiones una crítica dirigida a los economistas, que comparto plenamente: son profetas del pasado, pero no nos ayudan a prevenir los errores del futuro. Son capaces de explicar científicamente y con rotundidad las raíces de la lacerante crisis económica en la que nos hemos sumergido, pero lo hacen a toro pasado, con la seguridad de quien conoce el desenlace de una película. Si con tanta vehemencia nos muestran ahora por qué fuimos abocados a un precipicio de difícil salida ¿por qué no fueron capaces de anticiparse y predecir un desenlace fatal que nos hubiera ahorrado tantos disgustos? (…)
 

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