Die Arbeirstande Staat (El Estado que trabaja) es un concepto de Lorenz Von Stein - uno de los referentes históricos para este blog, sobre todo desde que leí los comentarios
de Luis Diez del Corral a su obra sobre los movimientos sociales y que me resulta muy valioso - aunque
despreciado - para el planteamiento originario de la Ciencia de la
Administración moderna que (...) El
principio de la democracia social es para la constitución el sufragio
universal, para la Administración la abolición de la dependencia social dentro
de la clase trabajadora. En la democracia social, la constitución, pues es, el
elemento democrático, la Administración el elemento social. El desarrollo
naturalísimo e incontestable del movimiento de libertad conduce,
necesariamente, a esta alianza; es el último estadio en el movimiento de la
clase inferior, que se opone a la sujeción social. Al llegar a él aquel
conflicto social ha alcanzado su cima. Y también, aquí se ofrecen dos
posibilidades, exactamente igual que en el movimiento político, que tiene
también la misma naturaleza y el mismo nombre: la reforma social y la
revolución social (…)
Von Stein fruto de las experiencias vividas en
la Francia de febrero de 1848, ideo el Estado Social, como un Estado que inicie
una reforma a fin de mejorar la calidad de la vida de las clases bajas,
evitando así el proceso de las clases que buscan ascender socialmente. Para el
autor el principio del Estado es, la elevación de los individuos que lo
componen; participando en algo superior, en la personalidad misma del Estado,
y, concretamente en los dos momentos que la integran, es decir, en su voluntad
(constitución del Estado) y en su actividad (administración del Estado). La
monarquía social sería el instrumento para las reformas sociales necesarias y a
la par, la instancia representativa del ideal del Estado.
Las nuevas
políticas de impuestos, instrucción pública universal y acceso a la propiedad,
evitarían la solución revolucionaria y el oportuno cambio en la imposición de
los intereses de otra clase, evitándose el desorden y confrontación social
evitando “el proceso de las clases que buscan ascender socialmente”. A su vez
las políticas sociales contribuyen a paliar la tensión dialéctica entre la
sociedad – como reino de la necesidad – y el Estado – como reino de la
libertad. Curiosamente aquí hay un sabor hobesiano en el que el leviatán bien
dirigido es el garante de la libertad al evitar que los hombres sean unos lobos
para los otros. Sabor que se mezcla con el idealismo hegeliano sobre el Estado
como unidad de la acción social y que definitivamente Weber lo canalizaría para
el desarrollo del capitalismo y democracia. El resultado de estas aportaciones
es que la historia ha demostrado mejores frutos que los ofrecidos por el
marxismo tan criticado en su teorética por nuestros héroes Von Stein y Weber,
que se hubieran quedado pasmados al ver el final del estrambote comunista. Esta alternativa tachada infelizmente de
conservadora pero muy revolucionaria - y a la altura del socialismo utópico de
inspiración cristiana posiblemente solo implementado en la praxis de las
reducciones jesuitas del Uruguay del S. XVIII - centró su análisis en la
receptividad a los movimientos sociales y su concepción del Estado y de la
Administración no son sino instrumentos del orden social, formulando una Teoría
de la Administración como acción de conformación social. Para Von Stein esta
Ciencia de la Administración (Verwalstunglehre)
será una de las cinco ciencias políticas positivas - en el sentido del
positivismo científico comptiano (asuntos exteriores, ejército, finanzas,
administración de la justicia y administración interna que coordinadas todas en
un sistema, en cuanto aspiran a un mismo fin y se informan en un mismo principio:
esto es, la idea unitaria del Estado que actúa (Der Arbeitende Staat).
La aportación de
la teorética steiniana se aplica a la cuando se produce la transforma en un
Estado que trabaja mediante una administración al servicio de la sociedad. La
línea Bismarck-Constitución de Weimar-ley fundamental de Bonn (de inspiración
en Forshoff, jurista atento a Von
Stein,- Constitución Española/UE, tuvo una respuesta concreta en la actuación
en Europa tras la crisis de 2008 y ahora, se espera en con el CIV-19, tras el
repunte del paradigma del Estado neoweberiano desde 2008 en convivencia de una
aún precaria y poco fiable propuesta de paradigma de nueva gobernanza.
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