La obra
de los pioneros Castillo de Bobadilla, la de
Pedro Beluga, así como la de los insignes administrativas españoles posteriores
como Ibáñez de la Rentería, Olivan, De Burgos,Silvela,González Posada …
establecieron contundentes argumentos sobre la materia, similares, equivalentes
y equipotentes a las de Bonnin, Von Stein,Goodnow, Blunchli…) Reglas que bien
podrían calificarse como fundamentos,presupuestos, elementos, doctrinas,
filosofías argumentos, reglas., patrones de conducta, guías de acción,… y que, a mi juicio enfatiza más en el ‘qué’
del Estado (liberal en progresión social) que en el ‘como’.
Pero si
buscamos algo así como unos principios universales, normativos, unitarios, e
integrales a modo de Teoría, cuya
aplicación evitaría consecuencias no
deseadas o lograr óptimos deseables, el escenario es más bien patético y
altamente desesperanzador para un escenario científico que pretendiera
encontrarse con un sistema normativo.
Diría D.WALDO
en Ideas and Issues in PublicAdministration de 1953 que (…) Hay, desde luego, un punto en que los administrativistas surcanel terreno constitucional o, al menos,
lo que parece ser terreno constitucional.El estudio de la administración, visto desde el punto de vista
filosófico, estáestrechamente relacionado con el estudio de la adecuada
distribución de laautoridad constitucional. Para ser eficaz hay que descubrir
los más sencillosarreglos por los cuales pueda fijarse sin lugar a error la
responsabilidadde los funcionarios; la mejor manera de repartir la autoridad
sin entorpecerla,yla responsabilidad sin oscurecerla. Y esto de la
distribución de la autoridad,cuando llega a la esfera de las más altas, de las
funciones de gobiernocreadoras, es
evidentemente una cuestión constitucional central. Siel estudio administrativo
puede descubrir los mejores principios en qué basartal distribución, habrá
hecho un estudio constitucional de valor inapreciable.Estoy convencido de que
Montesquieu no dijo la última palabra sobre estetema (…)
Waldo, plantea en este texto cuestiones, que a mí, me
parecen similares a las que Von Stein planteara ochenta años antes.
Para WALDO, cuatro fueron las
doctrinas centrales sobre Administración pública anteriores a 1940.
La primera
sostenía que el proceso de Gobierno, considerado analíticamente, consiste sólo
en dos partes, a saber: decisión y ejecución. Primero es necesario decidir lo que se va a hacer—función y definición
de la política— y después ejecutar la decisión—papel y definición de
Administración—.
La segunda doctrina consistía en
afirmar que debía convertirse en una ciencia o, al menos, estudiarse de la
misma manera que los fenómenos en la ciencia física.
La tercera doctrina, en síntesis,
sostenía que el estudio científico de la Administración conduce al
descubrimiento de unos principios más o menos análogos a los principios de las
ciencias físicas.
Otra doctrina sostenía que la
economía y la eficiencia son las metas centrales del estudio administrativo.
Todas estas en suma constituirían la
denomina era ortodoxa de la Administración
Pública anglosajona americana, frente a la que Waldo se opondría al cuestionar
fundamentalmente la realidad de la separación política-administración.
(vid.
Entrada La separación
política-Administración (2): Más heterodoxia que ortodoxia)
R.B. DENHARDT, al respecto
mantendría en Teoría de la Administración Pública: El Estado de la Disciplina, (1999)
que la teoría de la administración pública obtiene de esa diversidad su mayor
fuerza y su limitación más grave. Por una parte, son necesarios los teóricos de
la Administración pública a fin de entender un amplio conjunto de perspectivas
relevantes para su tarea de construcción teórica. La teoría de la
administración es enormemente rica y compleja. Por otra parte, la diversidad de
la Administración Pública significa a menudo que el campo carece de identidad.
Muchos cuestionan incluso si es posible hablar de una teoría coherente e
integrada de la Administración Pública (...)
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