Para no verlo todo como botella medio vacía, alegrémonos de
que en la orden TAP/1719/2011, de 14 de junio, por la que se
convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre,
en el Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado, encontramos en el
temario de la oposición materias propias
de la Ciencia Administrativa. Así puede verse una referencia a la teoría de
sistemas o los procesos estocásticos, o la toma de decisiones aplicada a la Administración Pública - Grupo de materias técnicas- . Temas relacionados con
la Ciencia de la Administración (burocracia, sistemas comparados, estructuras
administrativas, paradigmas de gestión pública,) - Grupo
de materias sociales- incluso de Gestión
Pública, (modernización de las
administraciones públicas,
Administración al servicio del ciudadano,gestión de calidad, nuevas
tecnologías, Administración electrónica,función directiva, políticas públicas,
empleo público, planificación,…) - Grupo de materias comunes -
No
obstante hay que señalar que no entiendo
muy bien porque queda la Gestión Pública
como un aparte fuera de la Ciencia de la
Administración y por qué ésta no aparece junto a la Ciencia Política materia común.
Hay
que hacer un esfuerzo en la academia por
enseñar bien qué es la Ciencia de la Administración. En 1937 M.
Dimock, en The Study of Administration afirmaría (...)La
Administración se refiere al “qué” y al “cómo” del gobierno. El “qué” es la
sustancia, el conocimiento técnico de un campo, que capacita al administrador
para llevar a cabo su tarea. El “cómo” son las técnicas de gerencia, los
principios que llevan al éxito los programas cooperativos, Cada uno de estos
dos elementos es indispensable; juntos forman la síntesis que se llama
administración (...)
Diría Dahl
en 1947 (…)Si el padrinazgo desapareció en Gran Bretaña, fue en parte debido a
que dejó de tener una función real, mientras que la eficiencia había adquirido
una nueva utilidad social y política. Antes del Siglo XIX el padrinazgo tenía
dos funciones vitales; proporcionaba un lugar para los hijos no primogénitos y
ponía, en manos del Rey y de sus Ministros un sistema para garantizar, bajo las
limitadas franquicias del S XVIII, una cámara de los comunes favorable (…)
La Administración Pública moderna nació de la concepción napoleónica de la separación
de política-administración, fue el inicio de una dinámica que iría terminando
con el padrinazgo, prebendismo, las regalías, el spoil system, las cesantías, …
Formalmente el
padrinazgo y demás figuras no existen ya en el sistema político-administrativo
por mor del argumento separación política-administración de la teoría sobre la Administración Pública (clásica o
tradicional). ¿Existe como tal esa Teoría, o es una cuasiteoría u otro concepto
científico o cuasi/pseudocientífico?
El que el padrinazgo
exista en la actualidad – y no una mera anécdota de la heteropraxis - como causa de la patrimonialización del poder público,
merece preguntarse si tiene la misma
consideración o lectura de que aún
exista el tifus en una sociedad ya tan
avanzada en la medicina, cuando hay a quien no le viene mal que sigan
existiendo patologías médicas y sociales.
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