Hemos mencionado varias veces
en la entrada precedente al Instituto Internacional de Ciencias Administrativas
(IIAS) como unos de los instrumentos principales en los estudios de CPA. El
IIAS es una organización internacional sin fines de lucro con fines científicos
y con una federación de estados miembros, secciones nacionales y centros de
investigación académica que elaboran conjuntamente soluciones de administración
pública para los desafíos políticos del momento. Se estableció en 1930 y tiene
su sede en Bruselas, Bélgica.
IRAS
es su revista (la internacional más antigua) que apareció
por primera vez en 1927. Es la revista académica y profesional de
administración pública más antigua centrada específicamente en temas
comparativos e internacionales.
El
IIAS Con sede en Bruselas fue fundado en el Congreso de Madrid en 1930, para
reemplazar la Comisión Internacional de los Congresos Internacionales de
Ciencias Administrativas, creada en 1910. Su principal preocupación era poner
en común las reflexiones sobre el aspecto científico y aplicativo, como puede
verse en los diferentes congresos y reuniones al efecto. Dentro del Instituto
se artículo un Centro de Documentación, único en el mundo, que, desapareció
totalmente el año 1940, volviendo a la actividad después de la guerra mundial
siendo uno de los más completos en la especialidad. En 1928 vio la luz la Revue
Internationale des Sciences Administratives, sufriendo los avatares de la
II guerra mundial.
En
1953 comenzó el Instituto a publicar en conexión con la ONU el boletín mensual
Progreso en Administración pública, con información mundial en el ámbito
administrativo, y que en 1957, se refundiría con la Revista Internacional de
Ciencias Administrativas (IRAS/RICA) que ha logrado ser la publicación
periódica especializada que, ha venido aunando calidad y cantidad de
información en su género.
Es de
importancia resaltar que la preocupación por el doble aspecto científico y
aplicativo, como puede verse en los diferentes congresos y reuniones al efecto
que con carácter anual han venido sucediéndose, con el carácter de conocimiento
mutuo de los sistemas administrativos. La temática ha
sido de lo más diversa y curiosa.Así por ejemplo El IIAS celebró en 1951 Niza
su reunión abordando lo referente a La enseñanza del Derecho Administrativo y
de las Ciencias administrativas y a las prácticas administrativas. Sobre la
primera se trató de ofrecer una encuesta sobre la realidad comparada,
coincidiéndose en, la preocupación general de una aplicación de esa enseñanza
de las Ciencias administrativas hacia la formación de los funcionarios,
señalándose así una especie de «retorno a la cameralística». En lo referente a
la segunda cuestión se reflejó la diferencia fundamental de concepción de las
Ciencias administrativas, que separa a los, países europeos y a Norteamérica.
Por el lado americano, se trasladó un pragmatismo fundamental, por el lado
europeo, la progresiva formalización de los contenidos jurídicos postulada en
nombre de posiciones de un cientificismo exacerbado que ha acabado por excluir,
por pureza metódica, toda referencia al mundo de los hechos. El contraste
resultó tan extremado se hizo patente la necesidad de un compromiso.
En su
reunión de junio Lieja de 1958 se abordaron las cuestiones acerca de la
devolución de poderes (descentralización por servicios) a los organismos
autónomos, la automación y sus problemas en el seno de las Administraciones
públicas, y Las encuestas y consultas de la Administración. En el XI congreso
internacional de 1958 celebrado en Wiesbaden (Alemania) se hablo entre otras
cuestiones del aumento de la eficacia en la administración pública por medio de
incentivos diversos al personal.
En el
de Roma de 1971 se señaló la necesidad de estudios no jurídicos de
administración pública; en el de Venecia la necesidad de tales estudios tuvieran
como bases los realizados para empresas privadas y en el de Varenna de 1955,
reunidos juristas y no juristas. La fijación del objeto y del método de la
Ciencia de la Administración. Por sugerentes véase entre otras las siguientes
ponencias (El origen de la Ciencia de la Administración (G. Miglio); Unidad
conceptual de la Ciencia de la Administración (M.S. Giannini); Derecho; Ciencia
de la organización y Administración Pública (L. Faleschini); El moderno
concepto de economía pública y la Ciencia de la Administración (G. La Volpe);
Premisas jurídicas del estudio de la Ciencia de la Administración (F.
Benvenutti); La aportación de la ciencia y técnica especial a la
Ciencia de la Administración (B. de Finetti).
Es
pues preciso reconocer la influencia de estos encuentros en las reformas y
cambios administrativos. En nuestro país, puede recuérdese que nuestra Ley de
entidades Estatales Autónomas es de 1958, de fecha 26 de diciembre de 1958, y
vigente hasta el 19 de octubre de 1988.
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