jueves, 9 de septiembre de 2021

Evasión de la culpa y disolución de la responsabilidad en la Gestión Pública

   En el 2011 se  publicó El juego de la culpa, en el que Hood aborda el fenómeno de juego de acusaciones, o dinámica de pasar culpas y las estrategias posibles para evadir acusaciones, con estratagemas de altos funcionarios dignas de un manual de eva¬sión o una sátira cargada de humor negro con ejemplos concretos anecdóticos de responsables de comunicación de personajes  de esta época (Clinton,Blair, Thatcher,…) Los  funcionarios o actores de nivel medio tienen también una serie de estrategias posibles para repartir o dispersar las acusaciones tanto hacia sus superiores como hacia los equipos subordinados y, cómo no, también los funcionarios de ventanilla utilizan estas maniobras y lo hacen lanzando la culpa hacia arriba en el organigrama o culpando al manual de procedimientos. Dinámicas todas ellas  descritas  por el premio nobel Herbert Simon en Administrative Behavior, obra que  Public Administration Review llamo el libro del medio siglo,  considerado uno de los libros más influyentes sobre el pensamiento de las ciencias sociales, y el Comité Nobel se refirió a aquel que marcó una época.

Los enfoques seguidos para a pasar la culpa a alguien más se tipifican en; ‘presentación’  consiste en utilizar maniobras de argumentación y manejo de la información con el objetivo de desviar la atención de quienes pueden levantar acusaciones, de  modo que los errores no parezcan tan graves o no sean incluso evidentes. La  estrategias de ‘agencia’  son preventivas o anticipativas en su búsqueda por evadir o disminuir la culpa y, por ello, las acciones se presentan antes de que la eventualidad sea pública. Así  la culpa puede ser evadida o distribuida apoyándose en la estructura, responsabilidades unitarias y jurisdicción de una organización. 

El tercer enfoque de ‘maniobras’ es  preventivo también ya que lo debido es  no fallar, o no parecer que se hace   por decisión propia, desde el principio, presentando un  curso de acción con las  menos probabilidades de acusaciones. 

Estas dinámicas pervierten la acción pública convirtiendo en un fin una apariencia inexistente o evadir acusaciones, dejando minorada la parte más sustantiva del trabajo, lo que explica que cada vez ocupen más determinados puestos los  periodistas o expertos en medios de comunicación que administradores o políticos calificados para determinada actividad (Sánchez 2014:267-278).

En el único número de  Documentación Administrativa de 2020  Intitulado ¿Qué exige el principio de responsabilidad en el ámbito de la Administración Pública?  se expone  cuáles son las exigencias del principio de responsabilidad en el ámbito de la Administración Pública y  se analizan algunos de los vicios más comunes de la Administración, conectándolos con los diversos tipos de incumplimientos de las responsabilidades que conducen a  la corrupción, el formalismo, la desidia y la incompetencia. La autora sostiene que  lo que caracterizaría a los deberes dimanantes de las responsabilidades  públicas es  el hecho de que se definen por su conexión con la promoción de determinados fines o estados de cosas considerados valiosos, que sería lo que justificaría la exigencia de prestarles «cuidado y atención. Como catálogo de vicios  a modo de tipología ideal tenemos ; aquellos casos en los que el sujeto actúa persiguiendo fines distintos a aquéllos por los que ha de velar en el desempeño de su función pública (serían supuestos de «deslealtad» con los principios expresivos de los fines que han de regir su actuación);  aquellos casos en los que sólo se persiguen algunos de esos fines, desentendiendo del resto (serían supuestos de compartimentación o deficiente integridad o coherencia entre los diferentes principios por los que el sujeto ha de velar en su actuación);   cuando los que el sujeto no presta la debida atención a la determinación de la medida adecuada para la consecución de los fines por los que ha de velar (serían supuestos de desidia o falta de voluntad); y cuando el sujeto selecciona, por incompetencia, medios inadecuados para la persecución de los fines encomendados.

Los  mecanismos de lucha debe abordar tanto el punto de vista del sujeto actuante como  el punto de vista institucional -  en especial el organizativo-institucional)  y entrelazar sus interacciones - (Lifante,2020: 33-48) sobe todoas aquellas que generan disfuncionalidades organizativas, como las denunciadas tanto en la perspectiva estructuralista (Merton,Selznick) de la burocracia como en la posterior neoestructuralista (Crozier,Mayntz,Etzioni) .

El profesor  Rivero Ortega en La necesaria innovación en las instituciones administrativas: Organización, procedimiento, función pública, contratos administrativos y regulación(INAP 2013)  afirma la situación de desuso de la acción de repetición contra el  empleado público  o político ,a pesar de la reforma de 1999 en el sistema de 1992, debido a que es precisamente en el ápice estratégico donde se ha de decidir sobre la accion de regreso. Gabriel Domenech lo califica de florero mereciendo su desaparición, por mor de su uso perverso en la lucha política o personal. Rivero  apuesta por un uso reservado para  casos garves no penales, y fomentar el derecho  a conocer a los responsables de la tramitación  del expediente y la identificación personal de los responsables del incumplimiento de resolver expresamente (artículo 35 LRJAP de 1992 y Resolución AGE de  03.02.1993) 


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