martes, 1 de febrero de 2022

El sistema político-administrativo imperial romano y su legado en nosotros (1)

 Somos legatarios de una manera de pensar  la organización de la Administración romana que nos ha de servir tanto para entender el porqué de algunas cosas que pasan o han pasado como al de repensar algunas de las que estamos haciendo hoy.

Lo primero que nos debe sorprender de lo que nos cuentan al respecto es que  no estando contemplado teóricamente como ya sucedió felizmente en la modernidad hay fuertes elementos de una separación orgánico-funcional del  gobierno y la administración. Separación que puede contemplarse en los principios  y valores y reglas de esta   manera de pensar  la organización.

 1º) Unos  datos de interés previos son;

 ·                Tras el derrocamiento del Rex  Tarquinio el Soberbio en el 509 ac por un grupo de nobles liderados por Lucio Junio Bruto, dos cónsules eran elegidos por los ciudadanos por un período anual. En el 494 aC., se crearon los tribunos de la plebe, con sus  asistentes, los  ediles de la plebe. En el 443 a. C. se creó el censor, y en el 366 a. C. se creó el pretor y el edil curul.

·                En la etapa republicana, Magistrado todo aquel que ejercía una función pública civil en la ciudad. Como portador del poder estatal no existía ningún poder por encima del que ejercía el magistrado correspondiente, lo que implica la unidad de mando civil y militar. Los denominados Magistrados mayores (Cónsules, Pretores y Censores) detentan el imperium mientras que los menores no (Tribunos, Ediles y Cuestores). Sus funciones eran más propias de administración, de custodia del erario público, abastecimiento, censo, control de costumbres y moralidad, representación y  control de los excesos de poder.

·                El término Princeps (dominus o imperator) que en la época republicana designaba al personaje que por acumulación de virtudes cívicas (dignitas, virtus, auctoritas) ocupaba un lugar preeminente en el ordenamiento político y social, fue llenado de contenido monárquico por Octavio Augusto para subrayar su papel por encima de cualquier otro príncipe Emperador, título derivado del latín imperator, aplicado en un principio de modo genérico a los magistrados de la antigua Roma investidos de poder para ordenar y hacer cumplir las leyes del Estado . Más tarde, el término fue utilizado de forma específica por las legiones romanas para designar a un general victorioso hasta el término de su imperium (mandato) cuando regresaba a Roma. Los Césares tras ganar las batallas eran aclamados por sus tropas con el título de imperator (vencedor perpetuo).

·                Los principios de las Magistraturas republicanas fueron, la elección popular, anualidad, autonomía externa, colegialidad, sin prórroga ni reelección ni acumulación de cargos y ausencia de un verdadero principio jerárquico entre las distintas magistraturas y responsabilidad política y penal/civil y la gratuidad.  En la república la gratuidad de los honores impidió que los magistrados se conviertan en funcionarios, por lo que se excluía  en dichos honores a las personas sin recursos económicos.

·                La expansión imperial conllevó la necesidad de una ordenación de la función pública. Además de los magistrados con y sin imperium que ya conocemos, existían los vigintisexviri y los apparitores, con un estatus parecido al que se reconoce sobre el derecho al cargo y carrera profesional y su correspondencia en deberes (incompatibilidades, conducta…) Así se ha afirmado doctrinalmente que en la época pueden encontrarse no pocas similitudes con el régimen de Administración Pública actual; formación, acceso, pensiones, hasta una perceptible organización administrativa centralizada, jerárquica y competente, desde cierta separación entre funciones políticas y administrativas (dignitates y militiae). Desarrollo administrativo que comenzarían con la dimensión militar y el empleo del munus para la realización de trabajos comunales.

 §     La época imperial que sucedió a la república comenzó con Octavio Augusto en el 27 ac  y la  organización de la Administración imperial romana se caracterizó principalmente por la formación de una burocracia fuertemente jerarquizada que se ramificaba desde el poder central a todas las partes del Imperio, totalmente diferenciada del régimen de las magistraturas de época republicana. Debe distinguirse dos grandes etapas

a) Alto Imperio  (Principado  27 ac- 235 dc), como monarquía colegiada y democracia autoritaria, resulto de la acumulación de los cargos de tribuno de la plebe (inmunidad tribunicia y derecho a veto de las decisiones senatoriales) de  cónsul (gobernante supremo de Roma, comandante en jefe del ejército y promulgador de leyes) y  de princeps senatus (primer hombre del Senado). Los mismos que tuvo Cesar como dictador vitalicio . La estructura política del principado adaptó  las instituciones republicanas y   dividió las provincias en imperiales y senatoriales.  El gobierno  fue  un protectorado, en el que el príncipe ostentó todos los poderes (auctoritas, maiestas y potestas)  vigilando  a las autoridades clásicas.

b)  Bajo Imperio  (Dominado,Imperio cristiano o Antigüedad tardía,284dc-476dc) comenzó con Diocleciano, como final de la  evolución del principado  hacia una autocracia sustentada en el poder militar. Supuso no solo un nuevo régimen político sino también el desarrollo de nuevas estructuras económicas, sociales y religiosas. Significó un profundo cambio respecto del sistema político instaurado por Augusto y el fin del periodo de  anarquía imperial que tras la muerte de Alejandro Severo en el 235 dc supuso el gobierno de veintiséis emperadores en cincuenta  años.

 §     La Administración pública romana  (central, provincial y municipal) en el Bajo Imperio se elevaba,  a unas 30.000 o 40.000 personas para una población de unos 40.000.000.

§     En fundamentalmente en la 2ª etapa cuando se establecieron los principios básicos para la organización de la Administración, periodo en la que se  promulgó una abundante  normativa  recogida, en gran parte, en el Código Teodosiano (438dc) y en la Compilación de Justiniano (537dc).

§     En la época imperial tardía con  Justiniano seguía utilizando la palabra "Res publica" para referirse a la idea de la estructura política.

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