lunes, 8 de noviembre de 2021

La Gestión Pública en la crisis de la pandemia: un ensayo crítico para la Administración Pública universal (3)

Se está hablando de este fenómeno por doquier y en diversos aspectos relacionados con  el fenómeno administrativo.  Recientemente se ha publicado una  obra titulada Gestión pública y políticas públicas en tiempos de emergencia reciente (Tirant lo blanch, 2021) y que aborda la temática desde un enfoque colectivo  y multidisciplinar sobre materias diversas tales como el aprendizaje en el campo de la Administración Pública y las políticas públicas; los diversos significados de la post-ngp y el rescate del interés público;  comportamiento ético de la post-ngp; gobierno abierto y gobernanza; Administración comparada, historia  administrativa (la pandemia como acelerador de transformaciones administrativas) …  Es decir al reflexionar sobre la post NGP  (nueva gestión pública) se está poniendo en valor el freno de la deconstrucción de lo público iniciado en la NGP y atenuado o redireccionado en los diversos enfoques POST NGP hacia el denominado Estado neoweberiano. Sin dudas esos reajustes  permitieron sobrevivir en términos de aceptable gobernabilidad  en la crisis  financiera y la reciente COVID a multitud de personas, no obstante las crecientes desigualdades. Sobre todo en cuanto  al impacto económico se refiere y la universalización  de determinados servicios,  guarda relación sobre la anticipado  de una dinámica  macro (universal/general/creciente) hacia enfoques de tipo socialdemócratas.

De otra parte el Anuario de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid de  Número Extraordinario 2) se dedica a Derecho y política ante la pandemia: Reacciones y transformaciones. Tomo I. Reacciones y transformaciones en el Derecho Público. Publicado por el BOE a lo largo de sus 456 páginas también aborda una temática muy significativa para la Administración Pública y entre ellas se puede destacar lo siguiente; La contratación pública; Orden constitucional y pandemia (El estado de alarma y el derecho de crisis en nuestro sistema constitucional); La formación histórica de los estados de excepción;

Distribución territorial del poder durante la pandemia; El impacto del SARS-CoV-2 sobre las (des)igualdades materiales y relacionales; Pandemia y derechos fundamentales y constitucionales;  Eficacia de las normas de emergencia; Desobediencias y creación policial del Derecho: de la protesta a la pandemia; Sanciones administrativas; Procedimientos administrativos para la gestión de la emergencia; y Responsabilidad patrimonial del Estado y COVID-19 entre otros.

Otra lectura complementaria en esta obra más jurídica permite ver críticamente que podrían haberse evitado muchas disfunciones y malestares por mor de la gestión publica precipitada, pero en clave positiva, dicho lo que ya  ha dicho el Tribunal Constitucional, sirve ahora para repensar hacia la mejora muchas instituciones e instrumentos  de gestión.   

La experiencia COVID sirve sobre todo de aviso para ir hacia una Administración de prospectiva y dejar la visión reactiva aunque solo sea  para ir cumpliendo razonablemente los objetivos autoimpuestos, como resulta ahora mismo  del deber de  transparencia desde que se hizo norma positiva en el 2013.

Esta semana se nos informa de que en los Ayuntamientos de la Comunidad Valenciana, solo 39 superan el 50% de indicadores de transparencia: el 92,8% de los ayuntamientos de la Comunidad Valencia suspenden en transparencia. La mayoría de los municipios de menos de diez mil habitantes no cumplen con el 50% de los indicadores analizados, lo que supone más del 80% de los “suspensos” municipales en transparencia. Para los investigadores del Observatorio de Gobernanza, Transparencia y RSC de la CEU UCH autores del análisis, la transparencia sigue siendo un asunto pendiente para gran parte de los ayuntamientos. Se dice además que es necesario dotar de fondos y medios a los consistorios, pero esto no es ya suficiente, hay que creerse el rol de representante político y los valores de la democracia y la obligatoriedad del cumplimiento de la ley del artículo 9 de la Constitución.

Pero el artículo 9 también es de aplicación a los ciudadanos quienes, no debidamente asesorados, solicitan la Administraciones cuestiones exorbitantes que no contempla la ley. Esto genera un sobreesfuerzo en la gestión que puede ser tan grave como las limitaciones a las garantías del administrado. 

 


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