El número último de la REALA se dedica a un misceláneo de asuntos acerca de la Administración local de notoria actualidad como reflejan con patente evidencia los títulos de sus trabajos. A saber;
ü Contratos «open-house»: comprar sin licitar.
ü La regulación municipal de las viviendas de uso turístico: soluciones a través del urbanismo.
ü Qué se puede y qué no se puede colgar en un balcón consistorial. A vueltas con la exhibición de símbolos en espacios públicos institucionales y el pretendido deber de neutralidad de la Administración.
ü Estudios breves ¿Un estatuto básico para los municipios pequeños?: Un comentario de urgencia.
ü El agujero negro de los premios literarios municipales.
ü El derecho a la ciudad sostenible.
Contempla también tres recensiones de libro sobre La autonomía local en una Constitución reformada; Los Servicios Sociales en el S. XXI. Nuevas tipologías y nuevas formas de prestación; y Mujer y desarrollo sostenible en el medio rural .
En lo afecta al objeto de este blog, sabemos que desde el verano de 2020, han sido frecuentes las noticias sobre la intención del Gobierno de adicionar un nuevo título en la LBRL dedicado a los municipios de menos de 5000 habitantes en el marco de la Estrategia Nacional frente al Reto Democrático. Así pues contamos con un estudio cuyo objeto se centra en el estudio del régimen actual de estos municipios, el carácter rural de muchos de ellos y el contenido que podría tener un Estatuto Básico para abordar los problemas demográficos.
De otra parte conocemos también las estrategias ‘Ciudad 15 minutos’ en estudio en las ciudades relevantes con origen en el Catedrático Carlos Moreno de la Sorbona apostando por la proximidad como la clave para hacer que las ciudades tengan más vida. Se trata de vivir en una ciudad donde todos los servicios básicos como el trabajo, la sanidad, las tiendas, la cultura y el ocio estén a menos de 15 minutos de casa, y evitar como sucede que el necesario uso del transporte público o del vehículo privado para realizar las actividades cotidianas puede suponer 2-3 horas de media en las grandes ciudades. Este numero de REALA también reflexiona sobre el derecho a la ciudad, como un derecho ciudadano de participar en la toma de decisiones sobre su futuro, para alcanzar un orden de cosas más justo. Se estudia la incorporación del derecho de desarrollo sostenible y que orienta las actuaciones en el medio urbano preexistente, - rehabilitación, regeneración y reforma – y no una nueva ciudad.
Por último también se recensiona una oportuna para la actualidad e inmediato futuro que se avecina tras las crisis de 2008 y la presente del COVID que agudiza los problemas estructurales de siempre de los países en continua tragedia y su vía de escape en las migraciones. Los problemas sociales ya no primordialmente aquellos que afloraron en la revolución de 1848, que puso en marcha el Estado social por Lorenz Von Stein y una Administración Pública funcional que se plasmó en la política legislativa bisckmarkiana (1885-1889) la constitución de Weimar de 1919 y las reformas de los laboralistas ingleses tras el informe Beveridge de 1942. Todo esta secuencia tenía el escenario continuo de una economía expansiva industrial que requería de un esfuerzo laboral continuado en condiciones poco gratas . Los servicios sociales de hoy tiene más que ver con un welfare previsto para una situación de workfare (bienestar múltiple e integral para el que trabaja). Son los ‘sin trabajo’ y los ‘sin vida digna’ – por razones cada vez más estructurales que coyunturales los que van a necesitar de una reconcepualización del Estado social y de sus servicios sociales como una suerte de revival de aquel 1848 que también describió Tocqueville, pues como Von Stein vivió en París el momento.
El libro recensionado aborda la evolución histórica y situación actual de los servicios sociales; la cuestión de fijar un concepto inequívoco de servicios sociales y de determinar su escurridiza naturaleza jurídica; el complejo y abundante marco jurídico de los derechos sociales en nuestro Estado autonómico; y el estudio del concierto social como forma de gestión de los servicios sociales.
La coyuntura nacional es compleja para abordar esta cuestión de nuevos servicios sociales de tercera y de cuarta generación, con una economía en recensión, un alto déficit y una masa crítica incremental de acreedores de servicios sociales, pero no hacerlo es todavía peor, por que al precarización de los jóvenes sin trabajo ni vivienda ni futuro sostenible con otro tipo de bienestar no tan economicista es un espoleta para el gran conflicto.
Nuestra constitución nos define como un Estado social cuya materialización universal no es un hecho ya logrado. Von Stein formuló una Teoría de la Administración como acción de conformación social como ya señalo García de Enterría en La Administración española de 1999. Es buena ocasión para revitalizar aquella expresión de Von Stein justificadora es el nuevo ‘Estado social’ en Teoría de la Administración de 1865, al decir;
(...)la constitución no debe considerarse como un mero ordenamiento político abstracto, sino como resultado de la “organización económica y social, que cuando se modela sobre la división de bienes materiales, hunde su historia en las posiciones recíprocas de las clases dominantes y las clases trabajadoras
… El objeto de estudio de la Ciencia de la Administración es esta actividad del Estado, que tiene lugar mediante los órganos estatales y constituye por tanto la vida propiamente exterior del Estado, es lo que se llama administración del Estado.
... la tarea de la Ciencia de la Administración consiste en demostrar para todas las funciones del. poder político que forman el contenido de la administración, la relación de causalidad íntima y vital que corre entre las funciones específicas y la actividad administrativa, y la más alta distinción y perfección de todos los individuos, donde se tiene conciencia sólo del Estado, nunca de organizaciones político-sociales inferiores.
… “la Ciencia de la Administración Interna” es una de las cinco ciencias políticas (asuntos exteriores, ejército, finanzas, administración de la justicia y administración interna). Coordinadas todas en un sistema, en cuanto aspiran a un mismo fin y se informan en un mismo principio: esto es, la idea unitaria del Estado que actúa. La Administración es el organismo mismo de la vida social en su relación con la existencia y el destino moral supremo de cada individuo (…)
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