martes, 26 de mayo de 2009

Agencias y 'Agencias' (1)

La teoría de la agencia en Administración Pública, no es sino la teoría del mandato común aplicada la Gestión Pública. Los políticos (principals) deciden lo que debe hacerse y los gestores (agents) lo ejecutan en función de un contrato del que darán cuenta. La teoría justifica la autoridad delegada y explica las relaciones entre políticos y gestores o entre Administración central y departamentos, agencias o contratistas… Lo importante es el binomio relacional ‘delegación-exigencia de responsabilidad’ y la claridad en la búsqueda de objetivos y resultados, es decir una misión singularizada o singularizable.
Es sabido que en nuestro país la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias Estatales para la Mejora de Servicios Públicos, introdujo las filosofía de las Agencias en el ámbito de la Administración General del Estado configurando a las Agencias como uno más de los organismos públicos que prevé la LOFAGE en su art. 43.
Pero el caso es que nos encontramos con ‘agencias’ que no lo son, aunque gozan de esa denominación y esto nos parece poco riguroso desde el plano jurídico-administrativo. Sabemos que hay agencias de detectives, matrimoniales, de viajes … pero que no gozan de un estatuto jurídico público, y conocemos de otras como el FBI, CIA o la NASA que sí lo hacen.
Pero hay otras que no son técnicamente Agencias
Así la Agencia Valenciana de Salud (AVS) – creada por el artículo 23 de la Ley Ley 3/2003, de 6 de febrero, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad Valenciana, en realidad es un organismo autónomo, de carácter administrativo, adscrito a la Consellería de Sanidad, de los que prevé el artículo 5 de la ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana.
Lo mismo puede predicarse de la Agència Valenciana d’Avaluació i Prospectiva (AVAP), que se configura como entidad de derecho público sometida al derecho privado, (
Ley 5/2006, de 25 de mayo) o la Agencia Valenciana de Turismo (AVT) creada por la ley 3/1998, de 21 de mayo, de Turismo de la Comunidad Valenciana. Tampoco lo es la Agencia Vasca de Protección de Datos (AVPD), ya que no es sino otro Ente de Derecho Público, creado por Ley autonómica 2/2004, de 25 de febrero.
La Agencia Espacial Europea (ESA) tampoco es una agencia sometida al Derecho Público comunitario, sino que es una organización internacional, cuyos países integrantes no coinciden con la totalidad de los pertenecientes a las UE.
La ANECA (Agencia Nacional de evaluación de la calidad y acreditación) a es una fundación estatal creada el 19 de julio de 2002.
Sin embargo la antigua AECI (Agencia Española de Cooperación Internacional) hoy sí es una Agencia bajo la denominación AECID (Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores y cuyo estatuto se aprobó por RD 1403/2007, de 26 de octubre, con los fines de fomento, gestión y ejecución de las políticas públicas de cooperación internacional para el desarrollo.
Así el panorama nos revela que hay entes bajo la denominación de ‘agencias’ que no lo son ni jurídica y técnicamente y entes que tal vez deberían serlo aunque no se denominen así.
Así puede verse que en la legislación autonómica valenciana ser habla de empresas de la Generalitat Valenciana, entidades de derecho público o Fundaciones públicas, pero no se habla de Agencias. Recordemos que el artículo 85 y 85 bis de la LBRL (en su redacción de 2003) sólo mencionan a los Organismos autónomos locales, Entidades públicas empresariales locales y Sociedades mercantiles locales y que se sepa no ha habido una adaptación autonómica en tal ámbito.
En puridad solo son Agencias aquellas que tiene una estructura organizativa y un régimen jurídico concreto, preestablecido en el ordenamiento de origen, al que se someten, estructura y régimen que obedece a una lógica de hacer las cosas en el seno de lo público, y teleológicamente viene a combatir algunas de las disfuncionalidades propias del manejo macroorganizativo y/o burocrático (vg. Teoría económica de la burocracia, ineficiencia X, maximización presupuestaria ...)
Debe pues ponerse orden técnico-jurídico-administrativo en este ámbito , pues creo que un uso racional de las Agencias – desde un examen de las experiencias comparadas positivas y negativas – anclado en la filosofía del mandato, gestión transparente y responsabilidad/incentivación por objetivos, y estatuto jurídico preciso, son las claves de bóveda comunes a las Agencias, cuyos responsables no deberán olvidar la obligación de conjugar los principios de gestión pública: legalidad, equidad, eficacia y eficiencia. La filosofía a la teleología expresada puede resumirse en la expresión de Frederick Herzberg de que "no se puede motivar a nadie a hacer un buen trabajo, si no tiene un buen trabajo que hacer".
Me parece que debe reservarse la denominación de Agencias a las que gocen de ese estatuto jurídico conforme al ordenamiento de origen y la filosofía específica y obrar en consecuencia, cambiando denominaciones o adaptando los regímenes jurídicos si es el caso.
La gestión por Agencias así como el desarrollo de la dirección y gerencia pública, son dos elementos a tener muy en cuenta en los próximos diseños organizativos públicos de nuestro país.

lunes, 25 de mayo de 2009

A propósito del CEyD de Valencia

Una noticia aparecida el 18 de este mes refleja que la oposición en el Ayuntamiento pide las cuentas del Centro de Estrategias y desarrollo de Valencia (CEyD). Los fines de este son impulsar la gestión y el progreso de Valencia en el ámbito mediterráneo y europeo, así como atraer inversores y según la oposición "fue una buena idea" que se ha quedado en nada.

En 2004, la Asociación Valencia 2015 se convirtió en el actual CEyD como una entidad público-privada, sin ánimo de lucro, con una finalidad muy plausible pero que ha quedado ensombrecida por la política de los grandes eventos.

Desde el inicio de sus actividades, he tenido ocasiónde participar en interesantes encuentros con la Universidad; la Conferencia de exploración estratégica - Valencia 2008-2015; El encuentro con AERYC y British Council sobre “ El nuevo arte de gobernar las Ciudades y las Regiones. La ciudad del Futuro” o en las Comisiones de Estrategia y grupos de anticipación. Iniciativas muy interesantes, por su innovación y vanguardismo dentro del nuevo paradigma de gobernabilidad en gobernanza, y el rol de la Administración Pública en clave relacional, prospectiva proactiva y experimental.

Para mí, al margen de la rendición de cuentas que todo organismo público está obligado a realizar- el CEyD debe seguir con su cometido con un estatuto jurídico-administrativo similar al de las agencias singularizadas, pero dentro de la dinámica de las denominadas wpo (Well-performing organizations), es decir Organizaciones con buen desempeño – surgidas en Canadá en 1988 -cuyos elementos clave serían; énfasis en la gente, liderazgo participativo, estilos de trabajo innovadores y una fuerte orientación para el ciudadano-cliente. Dentro de esta filosofía surgieron en 1992 las LO (Learning Organizations) caracterizadas por las notas de autoaprendizaje e innovación, cuyos perfiles serían: Atentos a los cambios sociales acelerados; Aprendizaje continuo e incentivado; Interacción con los destinatarios; y Experimentalismo.

Esperemos que la postura de la oposición al gobierno de nuestra ciudad de Valencia no sea destructiva, sino dinamizadora de las funciones y fines del CEyD.

Los Treintaiséis justos

Tribuna Las Provincias, 25 de mayo 2009.

Con el nombre de «Tzadikin Nistarim», en el Talmud se habla de que en todo tiempo siempre hay 36 justos sobre la faz de la tierra y cuando ellos desaparezcan el mundo acabará. No se conocen entre ellos y cuando uno de los justos muere es inmediatamente sustituido por otro. Este fascinante concepto de la mística judía los representa como extremadamente modestos, humildes e ignorados por el resto de las personas, hasta tal punto que ellos mismos desconocen su condición de sustentadores del mundo, en medio de la maldad humana. De ahí que, por sí mismos, justifican la continuidad de la creación ante los ojos de Dios, cuando Este clama por las atrocidades del mundo y se ve tentado a destruirlo.

«Corruptio optimi, pessima», esta expresión latina dice en forma breve que «la corrupción de los mejores es la peor de todas». La corrupción no es una práctica de hoy, ni de aquí, lamentablemente es de siempre y para todos. Pero, al igual que para Cicerón, la corrupción representaba un grave problema, máxime cuando esta venía de quienes se habían considerado «mejores». Y ciertamente, cuando en las altas magistraturas de los poderes públicos e instituciones de relevancia social se cometen tropelías, abusos y ridículos bochornosos, la ciudadanía se resiente porque pierde el sentido de su contribución a lo público. Hay momentos en los que los escándalos afloran, unos detrás de otros, gracias a la información democrática, y parece que la función de 'agentes de asuntos internos' está llamada a ser la protagonista de muchas vacantes en las diversas Administraciones públicas españolas.

De otra parte, esta semana pasada el profesor de Relaciones Internacionales en la London School of Economics and Political Science, Fred Halliday, nos ha visitado en la Universidad de Valencia, y tanto allí, como en una televisión local, al hablar de los problemas sobre el islam, ha recordado el triste negocio de los políticos de recurrir a los sentimientos religiosos para legitimar sus actuaciones políticas. Tentación manipuladora que abarca a todas las religiones y a todo el espectro político, democrático o no. Esta manipulación sobre aspectos que generan crispaciones es más habitual en lugares y momentos donde no se ofrecen soluciones a los problemas más acuciantes, siendo este tipo de engaño bastante más sutil que el del pan y circo.

Tuvimos ocasión en esta tribuna de hablar de la crisis hace unos meses («Tiempos de incertidumbre», 23/2/09), y en lo que llevamos de este mes de mayo se siguen escuchando voces clamando en el desierto desde la objetividad que ofrecen los datos macroeconómicos que pueden sintetizarse en que «para encontrar un periodo de recesión de la actividad económica como el actual hay que retrotraerse a la guerra civil».

¡Corrupción, manipulación y crisis! ¿Qué tiene que ver la alusión a la mística de los 36 justos? Pues viene a cuento de si sería posible encontrar 36 justos entre tanta cutrería, confusión e incertidumbre. Para mí, la respuesta es que sí, pues aunque se diga que la sociedad -en su sentido sociológico, amorfo e impersonal- está vacía de valores, carente de reflejos, de valentía..., lo bien cierto es que en cualquier calle de España podemos encontrar a estos justos anónimos. Desde los que las limpian y vigilan cada noche, hasta los que discretamente trabajan a diario por sus familias, por sus enfermos o desinteresadamente se ocupan de los prójimos no próximos, sin ponerse medallas ni promoviendo homenajes y demás vanidades, tan propias de la feria política actual.

Pero a buen seguro que 36 justos también los encontramos en los políticos que defienden la constitucionalidad frente a los bárbaros y que no tienen tiempo de velar por sus haciendas porque andan a cuatro ojos cuidando del pan y la vida de cada día. También los encontraríamos en los concejales de municipios pequeños en los que se dejan su tiempo y su hacienda en pro de la colectividad, sin esperar más que la satisfacción del deber cumplido, y, por qué no, de su reconocimiento social. Así seguiríamos hablando de justos en los sindicatos y asociaciones empresariales, en las diversas profesiones y empresas, o en las distintas manifestaciones de ordenación religiosa, moral o educativa. Hay más de 36 justos, a buen seguro, por lo que todavía nos queda fuelle.

Mientras hay personas que se dejan la vida, otros se la ganan inmerecidamente; pero esta es la historia de la humanidad, siempre necesitada, y agradecida, al menos de 36 justos.

domingo, 10 de mayo de 2009

Saber sobre Gestión y Administración Pública

He introducido en el blog una serie de enlaces con webs en las que se aparecen noticias, reflexiones o estudios sobre los diversos aspectos de la Gestión Pública en su sentido amplio. Algunos de estos enlaces son de centros de estudios que abordan la disciplina desde la Ciencia Política y otros con la mayor aproximación que denota el epígrafe ‘Public Management’. Sin perjuicio de su ampliación constante, ahora se reflejan desde los lugares más próximos a nuestro entorno valenciano, a los más – a nuestro juicio – acreditados, aunque sin duda ni están todos, ni todos están.

Así hemos querido abrir una puerta virtual a los lugares donde se reflexiona con rigor y con espíritu de mejora, acerca del papel del Estado y el rol más concreto de la Administración Pública. En general puede observarse se una sana tensión dialéctica entre los manidos conceptos de Administración-Gestión, gerencialismo, gobierno, instituciones, globalización, investigación, enseñanza…

Un botón de muestra puede verse en la revista International Public Management Review (IPMR)’ está especializada en la muestra de trabajos empíricos y teóricos sobre las organizaciones públicas y su gestión, en perspectiva internacional y comparada, ya que el International Public Management Network (IPMW)’ es un foro participado por 600 miembros de 60 países en el que se comparten ideas, experiencias e investigaciones sobre el ‘Public Management’ .

Así sobre los contenidos curriculares de los estudios en la disciplina, y desde la aparición de su primer volumen no ha dejado de ser una preocupación como podemos verlos en los siguientes trabajos muchos de ellos de factura de uno de los editores L.R. Jones; “The Logistics of Learning: Strategies for Teaching a Part-Time Graduate Program in Public Management(2001)”; “Public Management for the New Millennium: Developing Relevant and Integrated Professional Curricula(2001)”; “Symposium: Dialogue on Definition and Evolution of the Field of Public Management (2003)”; “Analysis of the Field of Public Management: A Response to Kelman, Thompson, Jones and Schedler(2004)”;”Understanding Public Management as an International Academic Field (2005)”

En definitiva aprovecharemos la utilidad de la red para saber más y poder compartirlo, si bien hay que avisar que no todos los documentos son accesibles pues están sujetos a suscripción o pertenencia a determinadas instituciones. En especial en las revistas pertenecientes a Sage Publications, dedicadas especialmente a la materia desde diversas ópticas, sí pueden verse los contenidos de las publicaciones y cuanto menos los abstracts.

sábado, 2 de mayo de 2009

Políticas de Administración y gestión de políticas


En una reciente entrevista al presidente de la república francesa, manifiesta que en nuevo rol gubernativo "es la calidad de mi trabajo lo que ahora importa, no la cantidad, hay que dar tiempo a la reflexión, pensar antes de actuar,…". Añade “Yo creo en los valores de la ciudadanía republicana. El trabajo, el mérito, la recompensa, la promoción social. "La laicidad, es crucial...en la que el ciudadano es libre de tener la religión que quiera".

Sobre la crisis afirma que “Francia resiste, de momento, algo mejor que los otros, quizás porque fueron menores los excesos del periodo anterior, pero quizás también porque las medidas que hemos tomado empiezan a surtir efecto” “Tenemos la suerte de contar con un sistema de protección social desarrollado. Lo que no impide que tengamos que hacer más por esas personas.... Debemos, a la vez, atender lo urgente, mejorando, por ejemplo, las condiciones de indemnización del desempleo parcial, y preparar el porvenir, ayudando al crecimiento empresarial y a la modernización de las universidades”.

Tras el regreso a su nación después de la visita a nuestros país Sarkozy ha señalado que "El Gran París es la respuesta de Francia a la crisis", y que la ciudad de Le Havre, ubicado a será el nuevo puerto de París, se plantarán un millón de árboles en los aledaños del aeropuerto Charles de Gaulle; se edificarán 75.000 viviendas anuales de aquí al horizonte de 2030; y que se construirán 130 kilómetros de metro sobreelevado.” Todo ello se realizará en el plazo de una década, cuya financiación requiere la tutela estatal, la implicación de la industria privada y la sensibilidad de las instituciones crediticias “.

En nuestro país se ha propuesto desde la izquierda del Gobierno medidas para crear 1.900.000 puestos de trabajo en tres años, mediante el impulso de la economía real, la inversión pública y la mejora de los servicios públicos; un nuevo modelo productivo capaz de generar un desarrollo humano y ecológico, el futuro de una banca pública de carácter más, y la inversión pública en la ley de dependencia, y la sanidad y educación públicas.

Sin duda parte de lo afirmado por el político francés, desde algunos escenarios politológicos resultaría contradictorias. Recientemente hemos escuchado que, no hay salida a la crisis desde propuestas de izquierdas, para acto seguido contraatacarse, manifestando que la salida a la crisis será social o no será (emulando a Mounier).

El citado Enmanuel Mounier exactamente señalo que ”la primacía de lo económico es un desorden histórico del que es preciso salir, por ello la revolución ha de ser, sin duda total. La revolución moral será económica, o no será, la revolución económica será moral, o no será nada. El tener, asfixia al ser, el que sólo busca tener, lo que intenta es evitar ser”. Añadiría que “el desorden está ahí establecido en las entrañas de una sociedad mentirosa, injusta y cruel, que coloca al hombre en situación de no poder gozar de un mínimo vital” , Y este término de ‘desorden establecido’ lo utilizaría Mounier para describir la situación deplorable en la que se encontraba el ser humano para realizarse como persona en una civilización burguesa e individualista”.

A vueltas con Sarkozy señala éste que moralizar el capitalismo significa primar al emprendedor sobre el especulador, el largo sobre el corto plazo, la economía real sobre la ficticia. Al mismo tiempo se ha de reconstruir un sistema mejor regulado, más ordenado y transparente; volviendo a los valores fundamentales del capitalismo: trabajo, esfuerzo, responsabilidad. El discurso de Sarkozy no es contradictorio, en su apuesta por lo público y la defensa de lo individual. Al menos desde la lectura que hace la Ciencia de la Administración moderna en su rol de la Administración como sujeto conformador del orden social no es gratuita ni casual. Tiene causa en las políticas precedentes ordenadoras de una Administración específica diseñada tras la revolución de 1789 y que no ha dejado de progresar . En un momento determinado de ese progreso (Von Stein, 1865) señalaría que ahora lo característico en la Administración no es el momento de la limitación frente a los derechos individuales, sino el de la actividad al servicio de la sociedad, es decir, la idea unitaria del Estado que trabaja, la Administración era el Estado que labora La Administración es el Estado pensado en actividad. En esta tradición se progresaría en dicho pensamiento, (Forsthoff, 1938) se calificaría a la Administración como conformadora del orden social, garante de la procura existencial” y “soporte de prestaciones”. De ahí al Estado del bienestar no hay más un instante. El discurso del Presidente Francés, es el que se mantiene en el espectro del centro-izquierda o centro-derecha francés y Alemán y tiene en su propia tradición político-administrativa, la justificación y la premisa para que se gestionen las políticas frente a la crisis de una determinada manera.

Lejos de los tópicos y tabúes de los discursos simplones y estereotipados de izquierda o derecha podemos mantener una supraideología de ordenación de la polis desde una perspectiva de la Administración como capitán, timonel o remero, en función del contexto de actuación, en la que no hayan antagonismos entre el Estado, la sociedad y el individuo, sino una sana complementariedad sustentada por la idea de servicio.

Sean bienvenidas las buenas propuestas que apuestan por una buena gestión pública como instrumento de gobernabilidad, tanto si vienen de Francia, Alemania o Canadá, o especialmente si se cuecen de España. Lejos del papanatismo y de atavismos políticos que entorpecen acertadas dinámicas o se dejan arrastrar por derivas erráticas, hay que saber recepcionar la difusión de experiencias administrativas comparadas para traducirlas a nuestros contextos, pero sobre todo, hay que saber ser creativos y auténticos, para resolver nuestros propios problemas, lejos del ‘que inventen ellos unamuniano’.

La tarea del buen gobierno actual es que el Estado establezca las condiciones y asegure el ejercicio de los derechos y libertades individuales y colectivas por la sociedad y a la vez , fruto de una innovación constante, para hacer frente a los retos emergentes, utilizar a la Administración para mantener la gobernabilidad dentro de un modelo social y de bienestar preestablecido, y para ello, debe, desde el espíritu democrático escuchar, todas las propuestas y contemplar todos los intereses en juego, para al final, diseñar e implementar aquellas medidas que mejor respondan a resolver los problemas desde el criterio de atención al interés general y el de sana gestión.

Potestad autoorganizativa y buena Administración : A propósito de la reforma de la Administración General del Estado

Leo en prensa, con ocasión de la reforma del Gobierno central - que será la Vicepresidencia primera, la que se hará cargo de parte de las competencias de la extinta Secretaría de Estado para la Administración Pública. Compruebo la norma habilitante del cambio y observo que el Real Decreto 640/2009, de 17 de abril, establece un nuevo órgano superior en la Secretaría de Estado para la Función Pública, de la que dependen los siguientes órganos directivos: La Dirección General de la Función Pública; La Dirección General para el Impulso de la Administración Electrónica; La Dirección General de Organización Administrativa y Procedimientos.

La primera idea es que no me agrada la denominación de Función Pública, para englobar a lo que debe cobijarse bajo una mejor calificación –cual es la de Administración Pública, Reforma o innovación administrativa, y la segunda es si esto responde a algo, mas allá de la acostumbrada improvisación y justificación del cambio, en sí mismo, para que nada cambie.

Mientras reflexiono sobre ello, tengo ocasión de leer dos entradas del Blog Tu Administración Pública que expresan una autorizada opinión sobre el particular bajo los epígrafes “La remodelación ministerial y el buen administrar” y “La Administración Pública en la nueva reestructuración del Gobierno”. La segunda idea es que coincido en buena parte con su contenido y sobre todo con la argumentación de base: El principio de Buena Administración o de sana gestión, de tan escasa utilización e invocación.

Muy bien traída Andrés Morey en una de sus últimas entradas menciona nuevamente la Ley de Chapapietra sobre Restricciones de los gastos del Estado de 1 de agosto de 1935 , en las que el Ministro decía …Cuando la ciencia ha creado métodos de ordenación -Taylor, Fayol -, no se entiende como éstos han de aprovecharse por las empresas privadas y despreciarse por la Administración pública. Lo que se impone es, pues, la organización científica en el régimen administrativo del Estado. El que fuera Director General de Propiedades ,Director General de Administración, Subsecretario de Gracia y Justicia; Ministro de Trabajo, Ministro de Hacienda y Jefe del gobierno al final de su carrera en el 35, preconizaba al socaire de la norma presupuestaria precitada, la aplicación de la buena administración.

Diría Ernst Forsthoff que la Organisationgewalt, el poder de autoorganización, tiene por objeto la estructura de los cargos y organismos el Estado como titulares de las potestades públicas. Dichas normas organizativas, aún cuando obedecen a lógicas distintas de las normas jurídicas generales, están sujetas al derecho y al principio de buena administración. El principio de buena administración – recogido en el artículo 3 de la LRJPAC -, se entiende como el conjunto de reglas que rigen la gestión de las Instituciones públicas y que impone a estas últimas un comportamiento que permita alcanzar un equilibrio entre el respeto de los derechos de los administrados y la preservación de buen funcionamiento del sistema de Administración Pública.

En un trabajo publicado en la Revista de Administración Pública en 1974 sobre “El control de la potestad organizatoria de la Administración” se concluiría diciendo que “ sobre el control de la potestad organizativa, podíamos establecer que existe un vacío normativo en este sector tan vital de la administración pública que exige una regulación que permita una cierta movilidad, pero dentro de unos principios y sujeto a un control apropiado. Urge, a nuestro juicio, una Ley que encauce esta potestad organizativa, donde se fije, de una forma clara, lo que ha de ser normado por una Ley y lo que debe dejarse a la disponibilidad reglamentaria, pero instrumentando lo que es más decisivo, un control efectivo de esta potestad y unos principios rectores dentro de los cuales tengan cabida los aportados por la moderna Ciencia de la Administración”.

Llegada la democracia nos encontramos con el Real Decreto-ley 22/1982, de 7 de diciembre, sobre medidas urgentes de reforma administrativa, y la posterior ley 10/1983, de 16 de agosto, de organización de la administración central del estado, regulando la materia sin mucho rigor sobre el particular. Sería la LOFAGE en 1997, la que establecería criterios y principios sobre modificación y supresión de órganos y unidades administrativas. LRJPAC y LOFAGE son las normas a través de las cuales debe analizarse si la nueva estructura administrativa responde a la coyuntura del momento, ya que en definitiva no hace más que contemplar en su ámbito los principios de la buena administración.

Estaría bajo las reglas de la buena administración y a las de la lógica de la estructuración organizativa que nos enseña la Teoría de las Organizaciones, esto que ha mencionado Andrés Morey en las citadas entradas de “…que el Estatuto Básico del Empleado Público y buena parte de sus medidas no son posibles sin una organización dedicada a investigar sobre la propia Administración a los efectos de decidir y que, por ello, esta norma ha lanzado un dardo envenenado al resto de las Administraciones públicas, creando un problema político que conlleva serias dificultades técnicas de ejecución y eficacia…”

Nos parece que el desarrollo del EBEP en el nivel de la AGE, como en el de las CCAA, será un fracaso si no se diseña en primer lugar el tipo de organización administrativa que deseamos, para sobre ella realizar la ordenación y planificación de los RR.HH del empleo público, y demás medidas derivadas del nuevo modelo de gestión (evaluación del desempeño, carrera profesional, sistema retributivo…). A esta tarea previa podría resultar de interés analizar el nuevo modelo modelo Agencial para gestionar parte del Sector Público no administrativo en los diversos niveles político administrativos. También interesaría unificar la diversidad de criterios sobre el ejercicio de potestades públicas, examinar la dimensión actual de la Administración reguladora o la prestacional, el rol directo del Estado en la actividad económica en tiempos de Keynesianismo revisitado, el ámbito de los convenios con otros actores …, para al final, en términos de Empleo Público pensar en el rol del personal laboral, el del personal directivo, y las nuevas funciones de control e inspección, que requiera una Administración con nuevos espacio reguladores.

Hay un dato del que no puedo olvidarme, en el mes de septiembre de 2008 la Secretaria de Estado para la Administración Pública, Elvira del Palacio, señaló en la UIMP de Santander que la implantación del nuevo modelo organizativo que recogía este estatuto probablemente tendrá que dilatarse en el tiempo por la crisis económica. Tal vez, por ello la nueva configuración responda a que nada o poco hay que hacer a corto plazo, teniendo en cuenta los que dijo la Sra. del Palacio.

Esperamos a ver y esperemos lo mejor de esta configuración administrativa para resolver, no sólo el desarrollo del EBEP, sino de buena parte de los retos que tiene la Administración española actual, especialmente el de sortear la crisis.

Nota Final : No hace mucho tiempo tuve ocasión de conocer casualmente a un nieto del alicantino Chapapietra y comprobar como a la familia le sigue interesando el mundo de la Administración Pública.

La confusión esta servida:más madera

Un nuevo contrato "indefinido no fijo" con una duración de dos años y una indemnización por despido de ocho días es la propuesta que la CEOE ha enviado a los partidos, para que, vía enmienda, la incluyan en el proyecto de Ley de Medidas Urgentes para el Fomento y la Protección del Empleo.

El espíritu es que los nuevos contratos tendrán la consideración de "indefinidos no fijos" y durante los dos primeros años de su vigencia, el empresario los podrá extinguir sin más requisito que avisar con siete días de antelación y pagar una indemnización de ocho días de salario. Transcurridos dos años, el empresario podrá optar por la extinción del contrato o por convertirlo en "indefinido fijo". esta relación podrá darse por finalizada, mediante preaviso e indemnización de 20 días de salario por año, con un tope de doce mensualidades.

Hasta ahora para la legislación laboral, indefinido era equivalente a fijo, y la categorización especial de ‘indefinido no fijo’ había sido una creación jurisprudencial (sts 20 y 21.01.1998) para en el seno del empleo público laboral, referirse a aquellos situación irregular en la administración por no haber superado los sistemas de acceso a la función pública. de tal manera que éstos se distinguían de los fijos, quienes si habían accedido por procesos regulares, existiendo diferencias en su régimen jurídico, ya que los no fijos eran una suerte de interinos con status a regularizar.

El estatuto básico del empleado público (EBEP) vino a aumentar la confusión al clasificar el personal laboral de las Administraciones públicas en fijo, temporal e indefinido, y este personal indefinido parece que sólo se refiere a aquellos que ex lege tengan tal calificación en el empleo público, es decir, el de los profesores de religión en centros públicos (vid. mi trabajo “reflexión sobre de la tipificación normativa del contratado laboral de tiempo indefinido en el estatuto básico del empleado público” en actualidad jurídica aranzadi nº 746).

Si prosperase la iniciativa no harías más que echar más madera al fuego de la confusión, que tiene su origen en el uso anfibológico del término indefinido; bien para referirse a aquellos contratos que no tienen fin, es decir los fijos, y aquellos cuyo fin no está determinado o definido en el tiempo.

En definitiva nos encontraríamos con la siguiente categorización;

En el Derecho Laboral común: ‘fijos o indefinidos’ (del Estatuto de los Trabajadores); ‘indefinidos no fijos’ e ‘indefinidos fijos’ (de la Ley de medidas urgentes para el fomento y la protección del empleo de 2009).

En el Empleo Público: ‘fijo’; ‘temporal’; ‘indefinido’ (profesores de religión u otras categorías a crear); e ‘indefinido no fijo’ (de creación jurisprudencial).

Nos parecería más adecuado que para evitar más desorden y confusión – ya tenemos bastantes en un vasto y complejo ordenamiento jurídico laboral y administrativo - , que o se utilizan otros términos, o se clarifican armónicamente en las normas de referencia; el Estatuto de los Trabajadores y el EBEP.

El orden jurídico tiene su lógica y su orden y la actividad legislativa su técnica ; se llama nomotecnia.


Ni está, ni se le espera


“Ni está ni se le espera”. Esta fue la respuesta telefónica que Sabino Fernández Campo dio a los que en aquella noche del 23-F de 1981 le preguntaban por el papel del general Armada en el golpe militar, para conseguir así la desactivación de parte de la acción antidemocrática. El General Fernández Campo prologó meritoriamente en el año 2003 un libro titulado “Los discursos del poder. palabras que cambiaron el curso de la historia” de recomendada lectura, y sin duda, podrían añadirse sus propias palabras al contenido de los discursos que recoge, ya que estas palabras cambiaron o pudieron ocasionar un cambio en nuestra historia democrática, según se mire.

En cuanto a la ordenación de Babel, a mí me gusta su utilización para considerar que algo o alguien está demás en una lógica de buen gobierno y buena administración, o dicho de otra manera, no se le va a echar de menos en esta partida. Se trataría de esperar y promover el aprecio a determinadas maneras de actuar, despreciando las que no sirven a esta lógica. Y la lógica dice el que no ha de servir, no sirve a estos propósitos.

Si algunos comportamientos han sido causa o concausa de la crisis económica, moral o institucional que nos ocupa, sus responsables no deberían tener juego en un proceso de reforma o refundación del orden económico y social, como no es de apreciar su dinámica, no les esperamos, aunque sigan estando. Esta crítica es transversal a los partidos, sindicatos, universidades, asociaciones, o cualesquiera forma de organización social, que tienen su trascendencia en el espacio público. Quienes han primado el amiguismo, los intereses de grupo, el logro personal, frente al mérito, la competencia o el servicio, no pueden jugar ahora. Hay que desalojar mediante los cauces institucionales (listas electorales, procesos de selección, sentencias y actos administrativos) a quienes se han instalado en un desorden y una lógica de servir a sus fines, en lugar de hacerlo acorde con el Estado social y democrático y de derecho.

Precisamos nuevas reglas y nuevos actores que protagonicen e impulsen el cambio. Los emprendedores sociales han de tener un marchamo y un pedigrí de buenas maneras políticas, entendida la acepción de la política en su sentido aristotélico de ordenación de la polis.

Ciertamente así generan aprecio actuaciones, como las que se han visto, de que en un municipio valenciano los ediles aportarán 1.000 euros a un fondo social, o aquellas que configuran nuevos gobiernos en función de la capacidad de sus miembros de aportar valor público en el desempeño de sus cometidos de gestión pública, sea esta política, administrativa o gerencial. A quienes esperamos, aunque no estén, son aquellos que proponen austeridad y son coherentes con ello, a los que su estética y comportamiento no ofenden a los más débiles, a los que no utilizan los presupuestos para bienes suntuarios, a los que no contratan a o con los amigos… y demás dinámicas en las que la realidad supera la ciencia ficción.

Amigos del desorden si seguís estando, ya no os esperamos en esta partida.